Durero 1.507 Anciana con monedero

Durante más de 2.000 años nuestro derecho, el romano, tiene establecido que el acuerdo, o cláusula de un contrato declarado nulo, se tiene por no puesta y por tanto no despliega ningún efecto.

Si mediante esa cláusula, una parte hubiera pagado a otra una cantidad de dinero y luego se declara nula, el dinero ha de ser devuelto sin más consideraciones.

Durante más de 2.000 años esto ha sido así de modo invariable, hasta que el Tribunal Supremo español decidió pasar por encima de esta norma convertida en principio milenario y considerar que una cláusula – la cláusula suelo- es nula solamente desde que la sentencia que así lo declara.

De este modo permitió a los bancos hacer suyo el dinero ingresado mediante una cláusula declarada nula, nada menos que por el Tribunal Supremo.

El motivo que esgrimió el Alto Tribunal, Sala de lo Civil, Sentencia Nº 241/2013 de fecha 09/05/2013 fue el siguiente:

“Es notorio que la retroactividad de la sentencia generaría el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico, al extremo que el Ministerio Fiscal, pese a recurrir la sentencia de apelación, se pronuncia en el sentido de que no procede reconocer efectos retroactivos a la decisión de nulidad de las cláusulas controvertidas”

En román paladino: “El riesgo de trastornos graves de transcendencia de orden público”, significa que si se obliga a la banca a pagar lo que indebidamente cobró, se le causaría un daño tal que generaría conflictos del orden público. O lo que es lo mismo conflictos morales, políticos, y económicos que impedirían el orden social.

Ahora bien: Si al ciudadano, se le impide que recupere un dinero que pagó indebidamente, con toda la fuerza del Estado, incluida la judicial, entonces queda restablecido el orden público y el orden social.

Es más, para que el orden público y social sea mantenido, el Estado obliga a ese mismo ciudadano a pagar impuestos para reflotar la banca, en especial las cajas de ahorro dirigidas por políticos que las arruinaron, a sabiendas que el Estado recuperará el dinero prestado, el mismo día que el ciudadano que lo aporta, se vea las orejas sin espejo.

Los partidos han conquistado el Estado, legislan, ejecutan lo juzgado y además nombran a jueces del Tribunal Supremo y del Constitucional que como son los últimos, siempre llevan razón.

Necesitamos al Diputado de Distrito y separación de poderes, para que sean los ciudadanos los que controlen a quien legisla y nombra a los jueces, y no lo haga ni el Estado, ni el partido. Hemos incluido al legislativo en el Estado y éste ha sido tomado por los partidos. Nadie, absolutamente nadie, representa al ciudadano. El diputado solo representa al partido.

Esta vez nos ha salvado el Tribunal Europeo, en contra del dictamen elaborado por el Abogado del Tribunal. Es decir, por los pelos.

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