Jose Maria Alonso 1

JOSÉ MARÍA ALONSO

Para las personas informadas, es sorprendente ver cómo en diversos medios de comunicación internacionales se trata de equiparar la situación de Escocia en referencia al Reino Unido con la de Cataluña en referencia al resto de España, equiparación que no resiste un mínimo análisis histórico ni político como trataré de exponer a continuación.

Es un hecho histórico que el Reino de Escocia fue un estado independiente hasta 1707, año en que que se firmó el Acta de Unión con Inglaterra para crear el Reino de Gran Bretaña. Esa unión voluntaria de dos estados independientes no supuso alteración del sistema legal propio de Escocia, distinto del de Gales, Inglaterra e Irlanda del Norte y se sigue considerando a Escocia una entidad jurídica distinta.

Al contrario que el matrimonio voluntario de la Reina Isabel de Castilla con el Rey Fernando de Aragón en el siglo XV, en el XVI Inglaterra pretendía forzar un casamiento entre María I Estuardo y Eduardo VI de Inglaterra para unificar Escocia con Inglaterra, objetivo que finalmente no se logró.  Siendo así que tras hitos históricos como la Revolución Gloriosa de 1688, se firma la mencionada Acta de Unión en 1707, y nace el Reino de Gran Bretaña con Ana Estuardo como Reina, última de los Estuardo que sería sucedida por el primero de los Hannover, el Rey Jorge.

En cualquier caso, para analizar políticamente lo anterior lo que debemos sacar en claro de los hechos históricos es que el Reino de Gran Bretaña se forma por la unión de dos estados independientes. Y como tal unión voluntaria, al igual que las federaciones de Estados, puede disolverse de mútuo acuerdo, en éste caso celebrándose en Escocia un referéndum sobre su independencia.

El caso español es diferente. Como introduje más arriba, el proceso de la Reconquista  en España culmina como es bien sabido con la boda de los Reyes Católicos en 1469, suceso a partir del cual se inicia el proceso de convergencia de la Corona de Aragón con la Corona de Castilla, formando la base de lo que luego se convertiría en la Corona de España, aunque los distintos reinos conservarían sus sistemas legales y características bajo la casa de Austria hasta el cambio de dinastía en España y la proclamación de los Decretos de Nueva Planta por Felipe V de Borbón.

Lo que hoy es el territorio de la Autonomía catalana -cuyos dirigentes nacionalistas quieren separar del resto de España con el potencial éxito de la opción independentista en la celebración de un referéndum tan ilegítimo como ilegal-, jamás fue como Escocia un estado independiente bajo otro rey que no fuera el de Aragón. Baste recordar el compromiso de Caspe de 1410, en virtud del cual y habiéndo muerto Martin I el Humano  sin descendencia , se provocó que los representantes de los reinos de Aragón, Valencia y del Principado de Cataluña acordaran en 1412 que Fernando de Trastámara, el de Antequera, infante de Castilla ; nieto por su madre Leonor (regente de Castilla) de Pedro IV de Aragón, ocupara el trono de la Corona de Aragón. El Principado de Cataluña es un nombre histórico y tradicional originado por un término jurídico (principatus) que se utiliza a partir del siglo XIV para nombrar al territorio bajo jurisdicción de las Cortes Catalanas, cuyo soberano (princeps) era el soberano de la Corona de Aragón, sin ser formalmente un reino. Tampoco era un condado, ya que el condado de Barcelona no abarcaba toda Cataluña. Así que de esa manera Los Usatges ( textos recopilados de diversa procedencia normativa, a saber: resoluciones de la corte condal, fragmentos del derecho romano, del derecho visigodo, de cánones religiosos y usos consuetudinarios) hacen coincidir el título de Princeps con el de Conde de Barcelona. A menudo se ha utilizado el título nobiliario de Príncipe por el heredero de la corona, pero en el caso de la Corona de Aragón, el heredero ostentaba el título de Duque de Gerona.

Dicho todo lo anterior, ¿Hay alguien aún capaz de equiparar la situación de Escocia, que forma parte de manera voluntaria por un hecho de experiencia como es la firma del Acta de Unión de 1707, con la situación de la Auntonomía de Cataluña, que formó parte del Reino de Aragón que a su vez fue parte constituyente a través de hechos de existencia como son los hitos que conforman de la paulatina Reconquista a los árabes de los territorios que hoy conforman y constituyen el Reino de España?

Cataluña nunca fue un estado independiente, otra cosa es que Felipe V de Borbón arrebatase en 1716 a aquellos territorios sus fueros y privilegios con la entrada en vigor de sus Decretos de Nueva Planta, al contrario de lo que ocurrió en Escocia, que conserva sus leyes anteriores a la pertenencia del Reino de Gran Bretaña  tal como garantiza el Acta de Unión con Inglaterra de 1707.

Estoy seguro de que en la deseada República Constitucional Española y de manera formalmente democrática y decidido por un verdadero Poder Legislativo en la Asamblea Nacional de España, los representantes de los distritos electorales catalanes podrían recuperar con el apoyo de la mayoría de los Diputados del resto de España algunos de sus derechos históricos, de sus fueros y privilegios, que siempre fueron honorables al contrario que sus dirigentes autonómicos y sus  nacionalistas embusteros.

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