Estado policía
PEDRO M. GONZÁLEZ. Sólo con el conocimiento de su antagónico concepto de estado policía (Rechtstaat) puede llegarse al auténtico sentido […]
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PEDRO M. GONZÁLEZ. La irrepresentatividad del sistema de elección proporcional y su carácter antidemocrático al constituir a los partidos como
PEDRO M. GONZÁLEZ . Sin contrapesos entre los poderes del estado que garanticen el control de los poderosos, el monopolio
PEDRO M. GONZÁLEZ. El artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice textualmente que: “El recurso de reforma podrá
PEDRO M. GONZÁLEZ. El Art. 117 CE en que supuestamente se define al Poder Judicial, únicamente se refiere a la
PEDRO M. GONZÁLEZ. Si la separación de la Justicia de los poderes políticos del estado y la nación es indispensable
PEDRO M. GONZÁLEZ. Los “Albertos”, Botín y el Rey Juan Carlos demostraron cronológicamente que en España todos somos iguales, pero
PEDRO M. GONZÁLEZ. El salvoconducto del Tribunal Constitucional (TC) a Bildu para presentarse a las elecciones se mostraba ante la
PEDRO M. GONZÁLEZ. Caamaño y Gallardón coincidían públicamente en el momento del relevo ministerial que para el nombramiento de Magistrados
PEDRO M. GONZÁLEZ. Como el Tribunal Constitucional (TC) es un órgano político, elegido por políticos e integrado por políticos disfrazados
PEDRO M. GONZÁLEZ. Como si el virtual mundo de Matrix tuviera sustento legal, la ausencia de separación de poderes bajo
PEDRO M. GONZÁLEZ. La Justicia legal no es Democrática jamás sin perjuicio de que su independencia institucional sea requisito sine