El pasado día 26 de Mayo de 2016 don Antonio García Trevijano pronunció una conferencia en en el ilustre colegio de abogados de Almería con el título: La profesión de abogado. Pese a que el tema  no era político, queremos resaltar el gran entusiasmo del público ante algunas de las principales ideas del MCRC: la abstención, la separación entre nación y Estado y la Libertad Colectiva.

Pueden escuchar la conferencia en este enlace

La conferencia empezó con una reflexión acerca de la naturaleza del pensamiento y el lenguaje. El filósofo F. Nietzche en el libro Más allá del bien y del mal (1886), hace la siguiente analogía respecto a la filología: un sabio en un monte esconde un tesoro bajo una piedra, se dedica toda su vida a buscarlo y cuando al final de su vida lo encuentra grita: ¡Eureka!. El pensamiento nace del lenguaje. La etimología nos enseña a pensar, a encontrar ese magnífico tesoro escondido que es el sentido original del lenguaje, perdido con el paso del tiempo. La palabra abogado viene del latin advocatus, ‘llamado en auxilio’ con un origen parecido a la advocación de la virgen o los santos, que significa su llamada como defensores, como protectores. Se contrapone a las profesiones de médico o de sacerdote, que no nacen del auxilio, sino de una llamada interior, no son advocaciones sino vocaciones. El med-ius es el derecho del cuerpo a la curación, pero en este caso, no es el enfermo quien hace la llamada.

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Don Antonio dedicando los nuevos libros de la editorial MCRC y acompañado de nuestro amigos repúblicos andaluces.

Unos de los primeros hitos en el derecho penal se produjo con la ley del Talión en la antigua Judea. Fue un inmenso progreso moral porque en tiempos primitivos los castigos se ejecutaban multiplicando por 10 la pena cometida. El ojo por ojo, diente por diente, redujo esta macabra costumbre. En Grecia no hubo derecho, se impuso la epikeia, la equidad. Es Roma la creadora del derecho. Ya en la monarquía romana la palabra dada en público era comprometedora. Sin embargo, en Roma todavía no hay abogados, porque no existía el concepto de representación. El derecho romano inventa la procuratio in rem suam, la representación no de personas, sino de cosas. (Actualmente, en toda Europa, salvo en Francia, no hay representación política. Lo explica el jurista Leibholz diciendo que los Estados de partidos consiguen la integración de las masas en el Estado, el sueño de los dictadores fascistas.) La representación consiste en ceder temporalmente un poder a un representante. Este hecho no tiene nada que ver con el famoso “empoderamiento”, palabra creada en Sudamérica e importada por Podemos, que carece de un significado coherente en español.

Para que el derecho fuera una ciencia, un primer paso sería encontrar la unidad irreductible a partir de la cual todas la figuras contractuales nacieran como combinaciones de la misma. El filósofo británico John Langshaw Austin, en su obra póstuma Cómo hacer cosas con palabras (1962), desarrolla la teoría de los actos de habla en la que propone como unidad jurídica mínima la promesa unilateral vinculante. De esta manera, por ejemplo, una compraventa es un compuesto jurídico formado por dos promesas unilaterales.

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El jurista aleman Rudolf von Jhering

En derecho civil hay dos importantes personajes que destacan por encima del resto. Uno es Rudolf von Jhering, quien en 1872, en la obra, La lucha por el derecho dio con la clave del concepto de ley. (Hoy la lucha por el derecho sería la lucha por el BOE. El BOE es una aberración, porque la E, indica que es el Estado quien legisla, es decir, no hay separación de poderes y por tanto no hay democracia.) La ley no es la ordenación de la razón para el bien común, o el interés general o la voluntad general sino que es la norma que resuelve un conflicto de intereses. Es decir, la ley viene impuesta por el grupo más poderoso. También descubrió este jurista alemán, en la obra El derecho de la vida cotidiana que los tribunales muestran una patología respecto de los billones de actos jurídicos normales que se producen fuera de los mismos. Freud tomará esta idea en la obra Psicopatologías de la vida cotidiana (1901) donde se explican los actos fallidos como los lapsus en la lengua, producto del inconsciente.

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El jurista italiano Emilio Betti.

La otra gran figura es la de Emilio Betti. Este jurista se hizo muy famoso con la Teoría general del negocio jurídico (1943), pero tuvo un papel fundamental modificando el alcance de la hermeneusis de Gadamer y otros filósofos del lenguaje. Su conclusión es que en la hermenéutica es imposible toda interpretación creadora. (En España el TC se arrogó el papel de interpretar la constitucionalidad del estatuto de Cataluña, convirtiéndose en poder constituyente, cuando es un poder constituido.)

Todo abogado hace honor a su nombre si intenta interpretar la ley que aplica, considerando siempre el origen de la misma como un conflicto de intereses. Ha de tener valor, habilidad y preparación (más que un juez) y por último, ha de ser creador porque quien conoce la justicia no tiene miedo a crear.

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Gran cena en honor de Antonio García Trevijano con repúblicos y amigos del MCRC.

 

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