Decía Milton Friedman que existen 4 formas posibles de gastar dinero:
1) Puedes gastar tu propio dinero, en ti mismo.
Y cuando gastas tu propio dinero en ti mismo, eres muy cuidadoso de en qué lo gastas, y te aseguras de que obtienes lo máximo por cada euro.
2) Puedes gastar tu propio dinero, en otro.
Haciendo regalos, o invitando a amigos a cenar, o cosas parecidas. Cuando haces esto, eres cuidadoso de no gastar demasiado, pero no te preocupas excesivamente por lo que el otro obtiene, procuras que sea algo útil, algo razonable, pero sin duda no pones la misma atención que, cuando compras para ti mismo. Quieres que le guste el regalo, por supuesto, pero tu felicidad directa no depende de cuán acertado sea lo comprado. Así, por ejemplo: intentas que no te lleve mucho tiempo o esfuerzo encontrarlo, ¿verdad?
Indudablemente, no importa tanto lo que compras para otros como lo que compras para ti mismo.
3) Puedes gastar el dinero de otro, en ti mismo.
Por ejemplo: haces un viaje de trabajo al extranjero, trabajas en una gran empresa, y en la ciudad de destino tienes que escoger hotel libremente, y paga la empresa. Gastas el dinero de otro en ti.
Te asegurarás de obtener buenos bienes y servicios por el dinero que gastas. Es decir, que lo adquirido sea realmente de calidad y satisfaga con precisión tus necesidades.
Pero no te vas a preocupar demasiado de si adquieres las cosas más baratas. Gastas a placer.
De todas formas, sí deseas calidad. Aunque el hotel sea carísimo, imagínate que sale malo. Sin duda irás a quejarte, a reclamar indignado tu dinero, querrás desde luego o el servicio o el dinero. Eso no pasa en la 4ª opción.
4) Puedes gastar el dinero de otro, en otro.
¿Qué pasa en este caso?
Eres un “distribuidor de fondos de bienestar”.
Lo más normal es que intentes hacer uso de ese dinero lo mejor posible, pero es seguro que no pondrás el mismo cuidado que si fuera tu propio dinero; como tampoco tendrás el nivel de dedicación e implicación, ni le dedicarás el mismo tiempo, ni energías para la búsqueda de conocimiento e información que, si lo gastaras para ti mismo y no para otros.
•En la 1ª forma de gastar el dinero, es donde se le saca el máximo rendimiento y se optimiza su uso.
•La 2ª forma no es óptima, pero al menos no despilfarra.
•La 3ª forma tiende al despilfarro, aunque adquiere calidad.
•La 4ª forma tiende al despilfarro y no vela por la calidad máxima de lo adquirido. Es la peor de todas.
Los diversos gobiernos utilizan la cuarta forma, pues gestionan recursos ajenos en cuestiones en las que los destinatarios son “otros”; Es por esto que en los gobiernos hay tendencia al despilfarro de dinero, y tantísima corrupción.
Yo, cada vez que se habla de gestión de lo público, siempre pongo de ejemplo la gestión de una comunidad de propietarios, en cualquiera que sea, los comuneros siempre procuran aplicar criterios de economía doméstica, y cuando se habla de gastar, la gente busca la manera de que se contraten los bienes y servicios imprescindibles para el mantenimiento de los elementos comunes, a la vez que se intenta que el gasto sea el menor posible. En ninguna comunidad de propietarios durarían mucho tiempo un administrador y una directiva que despilfarre, desatienda el mantenimiento de los elementos comunes, y esté corrompida, al menos que recurran a algún método de violencia con los vecinos…
Aunque haya quien considere que no viene a cuento, me voy a permitir una digresión:
Si hay una expresión en la actual lengua española, de esas que los lingüistas denominan “vocablos talismán” que, cuando acompañan a cualquier frase hacen que sea poco menos que incontestable, pues si alguien osara cuestionarla sería de inmediato calificado como canalla, inmoral, o cuestiones por el estilo… es la palabra “solidaridad”. El Diccionario de la Real Academia Española indica que, etimológicamente la palabra solidaridad viene del vocablo latino “solidus”. El mismo diccionario menciona entre otras acepciones de la palabra solidario, la adhesión a la causa o a la empresa de otros, que se asume como propia. Inevitablemente, hablar de solidaridad conduce a formularse una pregunta.
¿Hasta dónde se ha de ser solidario, debe implantarse alguna forma de “generosidad obligatoria”?
Bien, volvamos a la comunidad de propietarios. Imagínese que en la comunidad de propietarios donde usted vive, un día cualquiera el administrador, a petición de varios residentes, comuneros, convoca a la junta de propietarios, porque hay un vecino –el del tercero “B” pongo por caso- que se ha quedado en paro, y él y sus familiares lo están pasando mal…
Y, llevados por la bonhomía, la compasión, y demás, un numeroso grupo de copropietarios propone que se apruebe una cuota extraordinaria, para ayudar al vecino del tercero B y a su familia, pues siempre han sido unos buenísimos vecinos, y en fin, ¿acaso no merecen que se les ayude? ¡Hoy por ti, mañana por mí…!
¿Sería correcto, “legal”, tomar un acuerdo semejante, en el caso de que la mayoría de los residentes estuvieran conformes con la propuesta? Es posible que muchos, llevados por aquello de la “piedad”, digan que hay que ser “demócratas” y respetar las decisiones de la mayoría, y “punto”.
Pues no, salvo que el acuerdo se tome por unanimidad, bastaría con que uno solo de los comuneros impugnara el acuerdo, y llevara el asunto a los tribunales para echarlo abajo. Claro que, en los juzgados españoles uno puede encontrarse con cualquier cosa, por ejemplo, puede cruzarse en tu camino un juez de esos que “juzgan en conciencia” y se pasa por la entrepierna la Constitución, las leyes y la jurisprudencia.
Y más de uno dirá que eso es inadmisible, ¡Pero, ¿cómo se puede consentir que un solo vecino tenga más poder que la mayoría, que por un vecino “egoísta” no se pueda ayudar al vecino del tercero “B”?! Pues vuelvo a decir NO. La ley de la Propiedad Horizontal fundamentalmente, fue creada para defender a las minorías, y la minoría más pequeña es el individuo, o sea que si lo que estipula la ley es que los comuneros solamente están obligados a participar en mantenimiento de los “elementos comunes”, pues no se puede obligar a ningún copropietario a cosas tales, por muy humanitario que sea el asunto, o por muy generosos que sean los restantes comuneros.
Bien, supongamos que el administrador, que de “eso” se supone que sabe, dado que es ilegal aprobar una cuota extraordinaria para socorrer a los vecinos del tercero B, para no entrar en confrontación con la legalidad, propone que se haga una cuestación para recaudar fondos para ayudar a la familia del tercero B que lo está pasando muy mal… En ese caso, evidentemente, sí se adoptaría una decisión legal.
El caso es que, a pesar de las advertencias por parte del administrador, los propietarios presentes en la reunión acabaron desechando la posibilidad de solicitarles a los vecinos aportaciones voluntarias para ayudar a la familia del tercero B, y optaron por aprobar la cuota extraordinaria… Pero… dado que todos sabían que habría vecinos reacios a colaborar, pues, la junta de propietarios acabó decidiendo recurrir al mobbing-acoso vecinal.
Empezaron por medidas “suaves”, prosiguieron con “escraches”, acabaron atentando contra propiedades de los vecinos “egoístas”, e incluso, llegaron a asaltar a algunos cuando iban a sacar dinero del cajero automático de la entidad bancaria en la que guardan sus ahorros…
¿Acaso los pobrecillos del tercero B” no merecen ser ayudados?
Los vecinos disidentes acaban llevando el asunto a los tribunales, y… ¡Oh, sorpresa, el pleito cae en manos de un juez “progresista” (de esos que dicen ser miembros de la asociación “jueces para la democracia”) que, además -¡Será casualidad!- es miembro del lobby gay! (Las personas, que dicen estar bien informadas, también dicen que el administrador es miembro del influyente lobby). Como era de esperar, el juez acaba dictando una “sentencia ejemplar”, que da la razón a la comunidad de propietarios y considera que la asamblea-junta de propietarios es “soberana” y que la minoría de propietarios, egoístas, reaccionarios, insolidarios, etc. deben acatar lo que decida la mayoría… Y por supuesto, las medidas adoptadas para obligar a los recalcitrantes a acatar los acuerdos de la mayoría –soberana- están dentro de lo “razonable” y no cabe duda alguna que son formas de ejercer el derecho a la libre expresión y el derecho de manifestación; o al menos “así” lo entienden algunos “jueces progresistas”.
Al cabo del tiempo, resulta que los vecinos del tercero B acaban aumentando en número, pues un pariente se ha quedado también en paro (¡Jo, maldita crisis!) y además han acabado desahuciando a su familia por no poder pagar al banco la hipoteca que tienen contratada… total que, la comunidad de propietarios, reunida en asamblea “ciudadana” ha acabado decidiendo que, dado que en la planta quinta hay un piso que está vacío, o casi, pues los dueños se dejan caer por él de tarde en tarde, pues… ¡Qué mejor que ocuparlo, pues, los parientes de los vecinos del tercero B merecen una vivienda digna!
¿Acaso no dice eso la Constitución de 1978?
Naturalmente, el piso está vacío porque el dueño, que como pueden suponer, forma parte del grupo de vecinos reacios a mostrar su “solidaridad” con la familia del tercero B, hartos él y su familia de ser coaccionados, maltratados, acosados, y de llevar una vida insoportable, acabaron abandonando su hogar, lo pusieron en venta y se trasladaron a otra comunidad de propietarios. Ni que decir tiene que los dueños del piso ahora “okupado” cumplen “religiosamente” con sus obligaciones para con la comunidad, de la cual de facto siguen siendo miembros; siguen pagando la cuota ordinaria, y también la extraordinaria a la que les obliga la sentencia del “juez progresista”; y por descontado, siguen pagando la hipoteca del piso, con la esperanza –vana- de lograr venderlo algún día…
Lo ocurrido en la vivienda de la planta quinta acaba generalizándose, y otros vecinos “insolidarios” también abandonan sus casas, e inmediatamente son “okupadas” por gente amiga o familiares de los residentes; mientras sus legítimos propietarios siguen pagando la cuota ordinaria, y cómo no, también la extraordinaria…
Inevitablemente el proceso “revolucionario” que, se ha puesto en marcha en la hasta no hace mucho pacífica comunidad de propietarios, empieza a ocasionar “daños colaterales”, por ejemplo, hay matrimonios que entran en crisis. Inmediatamente, la junta directiva, convenientemente asesorada por el administrador, pone en marcha un gabinete que aconseja a muchas de las mujeres afectadas, que se unan a la “causa solidaria” y las informan de la posibilidad de utilizar provechosamente la “ley contra la violencia de género”. De pronto, como si de una epidemia se tratara, empiezan a producirse denuncias por “violencia de género” contra muchos de los varones, “casualmente” reacios a colaborar con las acciones solidarias… Como resultado de todo ello, sus hasta entonces esposas consiguen apropiarse de algunos pisos, y expulsan a sus maridos y padres de sus hijos; eso sí, los maridos son obligados por sentencias judiciales de “jueces progresistas”, a seguir pagando la cuota ordinaria –y también la extraordinaria- y en muchos casos la hipoteca del piso. Las mujeres “agraciadas” se acaban uniendo de manera entusiasta a “la causa”.
Y, ya puestos, un buen día la junta de propietarios aprueba que se cree un comando especial para recaudar alimentos, para auxiliar a los más menesterosos de la vecindad… poco a poco se va creando un “banco de alimentos” al cual entregan muy generosamente productos de primera necesidad los dueños de los comercios del barrio, sin apenas contestación, sabedores de que los miembros de la comunidad de propietarios, no se andan con chiquitas con los disidentes.
Al cabo de cierto tiempo, la labor expropiatoria da para crear un “economato”, exclusivo para quienes residen en la comunidad de propietarios…
Ni que decir tiene que se hacen campañas por parte de quienes llevan las riendas –conveniente y entusiásticamente asesorados por el administrador de fincas- para que todos los residentes consuman exclusivamente productos del “economato”.
Los proyectos del comité revolucionario no paran ahí, poco después montan una “caja de resistencia” a partir de múltiples procedimientos de extorsión y cuestaciones, a cuál más imaginativa, por el barrio y a costa de los residentes que aún no han logrado expulsar y que todavía aguantan con enorme resignación…
También acaban creando una sección de propaganda y divulgación de su revolucionaria experiencia.
Llega un momento en que los medios de información “progresistas” se acaban haciendo eco de tamaña y revolucionaria experiencia.
Algunas comunidades de propietarios vecinas acaban siguiendo el ejemplo… En no mucho tiempo se acaba creando una “mancomunidad solidaria” que, acaba montándole “escraches” a los políticos locales, concejales, alcalde; tampoco se olvidan de los empresarios del municipio… Con acciones tales, logran que el gobierno municipal exima a la “red de comunidades solidarias” del pago de determinados impuestos y tasas municipales. También consiguen que algunos empresarios paguen “impuestos revolucionarios” a la “mancomunidad solidaria” a cambio de recibir su “protección”.
Y un día, o mejor dicho, una noche en la comunidad de propietarios que inició el proceso revolucionario, se produjeron varios incendios que empezaron a propagarse desde el garaje… No se sabe bien cómo; el caso es que los residentes fueron avisados a tiempo y pudieron ser desalojados; aunque el incendio fue de tal magnitud que el edificio tuvo que ser derruido al completo, y fue declarado siniestro total.
Los residentes fueron realojados en las comunidades de propietarios que formaban parte de la “mancomunidad solidaria”. Pasados los meses, se tuvieron noticias de que, en el solar que ocupaba la “comunidad solidaria” iban a empezar las obras para construir pisos de alto standing, “casualmente” la constructora tenía como asesor al que, hasta entonces había sido administrador de la “comunidad solidaria”.
Y… en fin, ya para terminar, permítaseme citar varias frases de la filósofa Ayn Rand, a propósito del asunto que nos ocupa:
La minoría más pequeña del mundo es el individuo. Aquellos que niegan los derechos individuales no pueden pretender además ser defensores de las minorías.
No considere a los colectivistas como ‘idealistas sinceros pero engañados’. La propuesta de esclavizar a algunos hombres por el bien de otros no es un ideal; la brutalidad no es ‘idealista’, no importa cuál sea su propósito. Nunca diga que el deseo de ‘hacer bien’ por la fuerza es un buen motivo. Ni la impetuosidad ni la estupidez son buenos motivos.
La próxima vez que usted se encuentre con uno de esos soñadores “inspirados por el bien público” que, le espete con rencor que “ciertas metas muy deseables no pueden alcanzarse sin la participación de todos”, dígale que, si no puede obtener la participación voluntaria de todos, será mejor que esa meta no se alcance, y que las vidas humanas no le pertenecen, ni tiene derecho a disponer de ellas.
Y, si lo desea, dele el siguiente ejemplo de los ideales que él apoya: Es posible para la medicina extirpar las córneas a un hombre inmediatamente después de su muerte y trasplantarlas a los ojos de un hombre vivo que está ciego, devolviéndole así, en ciertos tipos de ceguera, la vista. Esto, de acuerdo con la ética colectivista, presenta un problema social:
¿Debemos esperar a que un hombre muera para extirparle las córneas cuando hay otros que las necesitan?
¿Debemos considerar que los ojos de todos son propiedad pública y proyectar un “método de distribución justo”?
¿Estaría usted de acuerdo en que se le saque un ojo a un hombre vivo para dárselo a un ciego y así “igualar” a ambos? ¿No?
Entonces, no continúe bregando por cuestiones relacionadas con los “proyectos públicos” en una sociedad libre. Usted conoce la respuesta. El principio es el mismo.”