
En su reciente intervención con motivo de la conmemoración de la Constitución de 1978 —celebrada como la más longeva de nuestra historia—, Felipe VI volvió a invocar los lugares comunes del régimen: estabilidad, convivencia, pluralismo y unidad. La duración del texto constitucional fue presentada como prueba inequívoca de su éxito.
Sin embargo, la realidad es otra, la Constitución de 1978 dura precisamente porque no se cumple. No porque sea perfecta, ni porque haya realizado sus promesas de derechos concedidos, sino porque su incumplimiento sistemático ha permitido a la clase política adaptarla a sus intereses.
Una Constitución que se cumple estrictamente genera conflictos cuando el poder se desvía de sus límites. Una Constitución que no se cumple, en cambio, se convierte en un texto ornamental: sirve como legitimación simbólica mientras el poder opera por otros cauces. La estabilidad que el rey celebra no es la estabilidad de una república de leyes que su mera existencia niega, sino la estabilidad de una oligarquía de partidos.
El régimen del 78 no instauró una democracia representativa, sino una partitocracia. El gobernado no elige representantes libres, sino escoge entre listas elaboradas por las cúpulas partidistas. La separación de poderes es de funciones, no de origen: el ejecutivo controla al legislativo mediante disciplina de partido, y el judicial se ve condicionado por órganos cuyos miembros son designados por los mismos partidos.
¿Se cumple la Constitución cuando la ficción de soberanía nacional proclamada en su artículo 1 queda secuestrada por aparatos de partido? ¿Se cumple cuando el mandato representativo es sustituido por obediencia jerárquica? ¿Se cumple cuando la independencia judicial depende de negociaciones parlamentarias?
El texto constitucional ha funcionado como coartada jurídica de una práctica política que lo contradice. Por eso dura: porque no molesta al poder real y fáctico.
El rey invoca el «espíritu de concordia» y el «camino recorrido juntos». Pero el consenso constituyente fue un acuerdo entre élites, no fruto de un proceso de libertad. La ausencia de ruptura con el régimen anterior condicionó la arquitectura institucional. La monarquía misma no fue elegida como forma de Estado, sino incorporada al paquete constitucional.
Cuando se presenta la duración como prueba de éxito, se evita el examen crítico: la Constitución no se reforma porque su ambigüedad permite gobernar sin tocar sus pilares formales. Se invoca su cumplimiento mientras se toleran prácticas que la vacían.
La función del monarca en este contexto no es gobernar, sino legitimar y moderar sobre el reparto de la corrupción. Al proclamar que «la mejor forma de conmemorar la Constitución es cumplirla», el discurso real da por supuesto que se cumple. Sin embargo, si se cumpliera, el régimen no podría funcionar como funciona.
La ausencia de responsabilidad política del jefe del Estado refuerza esa paradoja. El rey simboliza la continuidad del sistema; pero esa continuidad descansa en un equilibrio de incumplimientos tolerados. La Constitución sirve de marco retórico, mientras la práctica política se rige por pactos de aparato.
La realidad es testaruda: la Constitución de 1978 ha sobrevivido porque no ha sido sometida a la tensión de su aplicación rigurosa. No ha existido jamás separación de poderes que pusiera en crisis la disciplina de partido. No ha habido representación que hiciera responsables a los diputados ante sus electores. No ha habido una ciudadanía con capacidad constituyente. Su longevidad, por tanto, no es prueba de salud democrática, sino de adaptación oligárquica. Celebrar la Constitución como «la más longeva» es celebrar la duración de un equilibrio político que ha sabido perpetuarse sin libertad constituyente. Si una Constitución dura porque no se aplica, su estabilidad no es garantía de libertad, sino de resignación. Y en esa resignación institucionalizada reside la verdadera crítica que el discurso oficial elude: la diferencia entre legalidad formal y democracia.




