El negocio (en los despachos) del consenso oligárquico

Acuerdo de ley

 que luego irá al Congreso

para que los diputados,

elegidos por

 los propios partidos políticos,

la voten

(con mandato imperativo).

 MANDATO IMPERATIVO

PROHIBIDO

 EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA,

que se inclumple sistemáticamente

desde el día siguiente al que entró en vigor,

 el 6 de diciembre de 1978,

 mediante

 el eufemismo de la

 «DISCIPLINA DE PARTIDO».

Así llevamos casi 50 años,

convirtiendo todas las leyes aprobadas

en el Parlamento Paripé

en ilegales.

Vean el artículo 67.2 de la Constitución Española

en el que se explicita la imposiblidad de tal mandato:

A continuación,

una entrada de Javier Sierra Rodríguez

 en la que se habla

del mandato imperativo en el Estado de partidos

(la partitocracia u oligarquía de partidos),

 la disciplina de partido y sus consecuencias:

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