El sentido común en 2008 reclama los derechos humanos de quinta generación: el derecho de la sociedad civil a la República Constitucional. Desde la independencia de los EE.UU. (1776) quedó demostrado que los derechos humanos no pueden llevarse a la práctica sin una constitución democrática que impida la vulneración de su expresión en la vida social. La experiencia humana y los criterios racionales no pueden despreciarse admitiendo imposiciones aristocráticas tradicionales que obstaculicen la igualdad de oportunidades y la libertad política. Son estos los derechos humanos de primera generación, que no se consiguen sin la organización adecuada del poder político elegido por los electores -cosa que sigue olvidándose en la mayoría de los Estados europeos. Tomás Paine (foto: Marion Doss) Y eso es así, entre otras razones, porque “los primeros derechos humanos” no están ligados exclusivamente al concepto de libertad, como suele pensarse habitualmente, sino también a la igualdad humana al impedir la formación de monopolios en el hacer económico, social y político. Es la negación práctica de toda clase de monopolios lo que sustenta el principio democrático. ¡No permitir el monopolio en nada es el sentido común de lo poquito conseguido en la libertad política humana desde tiempos de Thomas Paine! El sentido común, más de trescientos años después, nos enseña también que los derechos humanos de segunda, tercera y cuarta generación tampoco pueden llevarse a la práctica con la simple reclamación de la intervención estatal porque dicha intervención, para ser correcta, tiene que ser de raíz democrática y no producto de la misma oligarquía financiera que los vulnera. Los derechos económicos, sociales y culturales; el derecho a la paz y a la calidad de vida y las garantías para la conservación del medio ambiente y contra la manipulación genética (bioética) no pueden llevarse a la práctica (y la teoría también es práctica) si la economía está en manos de un monopolio antidemocrático, los derechos sociales secuestrados de la sociedad civil, la cultura minimizada por la frivolidad, y el medio ambiente y el cuerpo humano sometidos al interés exclusivo del beneficio crematístico.