La condena a Baltasar Garzón por prevaricar violentando el derecho a la defensa ha retratado al mundo de la Justicia. Y esa foto fija coloca a cada uno en su sitio. Algunos suspirarán aliviados porque llega cuando ya han dejado sus responsabilidades. Otros, sin embargo, deben obrar en consonancia con sus propios actos y con la postura adoptada ante los graves hechos ahora sentenciados.

Entre los primeros está el Fiscal General del Estado anterior, Sr. Conde Pumpido quien en uso de su posición de superior jerárquico de un Ministerio Público regido por el principio de subordinación abogó insistente y persistentemente por el sobreseimiento del procedimiento fijando así su posición procesal hasta el final. Las razones de tal actitud fueron tan espurias como la propia intervención ACTIVA de la fiscalía en las escuchas ilícitas, como la pendencia en sede garzonita de asuntos de tan grave repercusión para sus jefes políticos como el chivatazo por cargos político-policiales a miembros del aparato de extorsión de la organización terrorista ETA (Caso Faisán). Las mismas razones justifican la actuación de la Policía Judicial y sus jefes en este asunto, compareciendo como testigos de parte para la defensa de Garzón. Explicar el papel del cuerpo policial que ejecuta las escuchas solamente en el principio de obediencia debida es una simplificación. Sin embargo al Comisario General de la Policía Judicial responsable, D. José Antonio González, también le llega la sentencia a toro pasado. Y es que, desde luego, algunos pueden dar las gracias al relevo político de quienes les nombraron en el cargo y a quienes rendían pleitesía y servicio procesal o policial. De lo contrario su dimisión o subsidiario cese debería ser inmediato.

En el segundo grupo, los que deberían desaparecer del mapa de la Justicia por vergüenza torera, están sin duda el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y el Presidente del Consejo General de la Abogacía Española. Su postura durante el proceso y a la vista de los hechos declarados probados en la sentencia que condena a Garzón es absolutamente inaceptable en quienes se erigen como máximos representantes de la profesión encargada de hacer valer procesalmente el sacrosanto derecho a la defensa. El Sr. Hernández-Gil y el Sr. Carnicer, debían haber dimitido nada más conocerse la Sentencia. El primero como obligado a dar amparo al letrado de esa Corporación sujeto de la agresión garzonita en el ejercicio de su función y el segundo como supremo representante de la profesión. La personación de ambas instituciones como acusación es tan incomprensible como inexcusable, y la dimisión de sus máximos responsables debe ser automática. Nada arregla que ahora el Sr. Decano se ponga a favor de viento para mostrar su satisfacción ante la condena cuando no solo pudo, sino que debió personarse en legal forma como parte acusadora.

La explicación de su inhibición dejando a letrados y justiciables a los pies del caballo de mechón blanco es también política. El carácter de administración corporativa de los colegios profesionales y muy particularmente el de abogados, dependiente económicamente de las provisiones de la administración en asuntos tan jugosos como son la Justicia Gratuita y Turno de Oficio, le obligan a ponerse de lado ante el poder político que los sustenta y de espaldas a sus propios colegiados.

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