Desde que se conocieron los resultados de las elecciones locales, algunos integrantes de la clase política de este país han sacado a la luz la posible revisión del papel que juegan las Diputaciones provinciales, instituciones que hasta hora pasaban desapercibidas. Tanto es así que muchos ciudadanos se preguntaban: ¿Qué son? ¿Para qué sirven? La razón de esta rabiosa actualidad no crean Ustedes que ha sido efecto de los informes de varios países europeos que discuten la viabilidad de este tipo de gobierno local intermedio, sino porque muchos de los que plantean estas preguntas o sus amigos o colegas de partido han perdido su gobierno, y por la llegada de la agrupación política “Bildu” al gobierno de la Diputación Foral de Guipúzcoa.   Desde que la Constitución española de 1812 (artículos 325 y siguientes) las consagró como una institución fundamental que ayudaría en el gobierno de las provincias y que serviría para promover su prosperidad, han sufrido muchos cambios en su organización y competencias, debido a los avatares de nuestra historia política desde aquellos tiempos. Pero ha sido en la última etapa de nuestra historia, a partir de la transición, sobre todo en la época de expansión del Estado Autonómico, cuando las han ido vaciando de competencias poco a poco, norma a norma. Unas veces en beneficio descarado de las Comunidades Autónomas pluriprovinciales (sanidad, residencias de ancianos, servicios sociales, carreteras, urbanismo), otras reconvirtiéndolas en Comunidades Autónomas uniprovinciales (Asturias, Baleares, Cantabria, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja) y otras creando entidades intermedias nuevas que se yuxtaponen y compiten con ellas, como han sido las comarcas catalanas y aragonesas, las entidades metropolitanas de Barcelona y Valencia y los cientos de mancomunidades y consorcios. Todo ello con el pretexto de ayudar a los pequeños municipios o descentralizar la administración autonómica.   Como división territorial del Estado, las cincuenta Provincias son demarcaciones en las que aquél despliega sus órganos periféricos para ejercer sus competencias respectivas, pero en la mayor parte de los casos ha olvidado a las Diputaciones provinciales como instrumento administrativo, creando delegaciones provinciales de los diversos departamentos. Lo mismo han hecho las Comunidades Autónomas pluriprovinciales estableciendo un sinfín de delegaciones territoriales, aunque últimamente Andalucía y Castilla y León se están sirviendo de su organización administrativa para gestionar servicios públicos propios. Mientras les han sido útiles, no han tenido ningún escrúpulo en tapar  su  vergonzoso sistema electoral  y  su financiación totalmente dependiente de las transferencias con tal de incrementar el personal (la mayor parte de las veces sin correlación con los servicios que prestaban) hasta límites escandalosos. En muchos casos las han convertido en lugares de colocación de personas de allegadas o de su clan, partido o facción.   Como Gobierno local intermedio, la Provincia, durante muchos años, se ha encargado de realizar competencias que aseguraban la prestación de los servicios de los pequeños municipios, ya sea a través de la asistencia técnica o de la prestación de servicios directos (recaudación de los tributos locales, canalización de los planes provinciales de obras y servicios), sin llegar nunca al nivel de funcionamiento de los condados suecos o de las provincias holandesas. Si hubiesen concentrado y racionalizado los servicios de la mayor parte de las delegaciones provinciales y territoriales y de todas esas entidades locales que pululan alrededor de los municipios, con la excusa de ayudarlos, se hubiera conseguido mayor eficiencia en la prestación de los servicios encomendados y el ahorro de recursos públicos.   No olvidemos que el foco de la polémica está en las treinta y ocho Diputaciones provinciales de régimen común, ya que las siete que se convirtieron en Comunidades Autónomas Uniprovinciales gozan de “buena salud autonómica”; las tres Diputaciones de Régimen foral funcionan como “pequeños Estados confederados” al recaudar los tributos de titularidad estatal mediante normas forales (el PNV ha conseguido a cambio de su apoyo al Gobierno estatal, entre otras muchas cosas, que dichas normas tengan rango de ley); y las dos antiguas Mancomunidades Interinsulares de Canarias tienen un carácter meramente protocolario (una reunión de los Presidentes de los Cabildos de la provincia) pues sus competencias se las han repartido la Comunidad autónoma canaria y los Cabildos Insulares.   En términos presupuestarios, el conjunto de estas instituciones manejaron en 2010 unos presupuestos de 21.850 millones de euros (M€): 6.486 M€ las Diputaciones de Régimen Común, 13.326 M€ las Diputaciones de Régimen Foral y 2.038 M€ el conjunto de los siete Cabildos Insulares de Canarias y los cuatro Consejos Insulares de Baleares.   Para el que desee ampliar este artículo: “Los Gobiernos locales intermedios en España”.

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