La inexistencia de una auténtica policía judicial al servicio orgánica, funcional y económicamente tan solo de jueces y magistrados, imposibilita absolutamente la depuración de responsabilidades penales en aquellos delitos en los que se ve directamente afectado, como sujeto activo del ilícito, el poder político o sus ad lateres. Si los mandos policiales son designados por el Ministerio del Interior y además éste es el que dota el presupuesto y medios materiales de la “policía judicial”, la adscripción formal al órgano de una determinada unidad policial de investigación será siempre papel mojado. Las órdenes de indagación se interpretarán y ejecutarán de manera autoprotectora de tal forma que llegue al órgano jurisdiccional la información en la forma, cantidad y sentido que interesa a quien posee control jerárquico y económico sobre los propios investigadores. Comprendiendo lo dicho, las diligencias que el Juez de la Audiencia Nacional D. Pablo Ruz viene adoptando en consonancia con las peticiones de las acusaciones personadas en la instrucción del denominado “caso Faisán” sólo pueden ser calificadas de exóticas. Exotismo que sólo es equiparable a la candidez de las peticiones de las acusaciones particulares, casi entrañable. El denuedo de tales acusaciones a las que el juez Garzón, encargado de la instrucción hasta que fuera suspendido por presunto prevaricador, obligó incluso a copiar a mano todas las actuaciones para la ilustración letrada de la causa prohibiéndoles las copias, contrasta con la inocencia de sus solicitudes de prueba documental pública consistente en el acerbo informativo interesado a policía judicial sobre unos hechos presuntamente delictivos que afectarían de lleno a la cúpula de Interior. Pedir información a través de la Policía Judicial dependiente de Interior sobre si el departamento de Asuntos Internos de la misma policía “confeccionó expediente o informe alguno sobre los policías que participaron en la operación franco-española para detener a los integrantes del aparato de extorsión de la organización terrorista ETA” queda así en un bonito brindis al sol. Lo mismo cabe referir sobre las investigaciones de titularidad y uso de los números telefónicos del propio Ministerio desde los que se sospecha se pudo dar el “chivatazo” a los terroristas. Mientras no exista una auténtica policía judicial dependiente en exclusiva y en todo orden de un Consejo de Justicia separado en origen de los restantes poderes del Estado, cualquier investigación del Ministerio Interior por unidades policiales dependientes de si mismo será simple paripé de cara a la galería. Ruz quizá lo sepa y por eso no tiene problema en aceptar la práctica de estas diligencias sabedor de su resultado. Lo que en la opinión pública se ha interpretado como un cambio de rumbo en la posición instructora del Magistrado es sólo un espejismo, ya que la espectacularidad de la resolución carece de trascendencia material alguna.