La imposible concreción de un concepto ajurídico como el de “Justicia Social” sirve tanto de fundamento para la arbitrariedad como de instrumento para la demagogia partidista de quien tiene en sus manos la potestad reglamentaria y el presupuesto. La justicia social sirve así a la vez para justificar una cosa y su contraria, el despilfarro estatal y las ayudas económicas a los banqueros negligentes. Un concepto tan ajeno al derecho como indeterminable y acomodaticio, que sustituye a la norma positiva útil para meter en la cárcel al delincuente económico y expulsarlo del mercado.   Tras la aprobación el pasado diciembre por el Consejo de Ministros de la mejora fiscal de la tributación de los directivos y socios de las entidades financieras cuando obtienen rendimientos económicos de sus propias entidades, el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicha medida al encontrarla ilegal.   Consejo de Ministros renovado (foto: PSOE) Ahora, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite dicho recurso contra una norma que supone una rebaja fiscal que en opinión de Gestha implica una extralimitación del ejecutivo al sobrepasar sus límites competenciales y normativos modificando los criterios de progresividad, igualdad y justicia tributaria contenidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Según D. José María Mollinero, Secretario General de Gestha, la impugnación del Real Decreto 1.804/2008, de 3 de noviembre pretende parar la “discriminación que representa dar un aguinaldo a los banqueros, y no a los socios o administradores de las pymes”. Mollinero recordó que el gobierno no incluyó esta rebaja fiscal a los banqueros en el proyecto del reglamento, introduciéndola de tapadillo en su Disposición Final Tercera, por lo que ni los Técnicos Tributarios ni el Consejo de Estado pudieron analizar tal precepto mediante el cual, según el representante de Gestha “el Gobierno beneficia a un grupo selecto de personas sin tener habilitación legal”.   El Alto Tribunal podría tardar cerca de cuatro años en resolver el recurso durante los que no se paralizará la aplicación de la rebaja impositiva a los banqueros, que además tiene efectos retroactivos a todos los rendimientos así obtenidos desde el 1 de Enero de 2.008 y que supone que tales beneficios privilegiados tributen al 18% en el IRPF en lugar del genérico 43% que establecía la Ley 35/2.006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Es la solución social a la crisis.

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