A más de cien días vista de la imputación de D. Ignacio Urdangarín, “Independizar la Justicia” centraba su atención en la amnistía fiscal decretada por el gobierno de Rajoy. La novedad legislativa fue presentada por García-Trevijano como “el mayor delito que ha cometido jamás un gobierno europeo”. Mientras y de partida, D. Jesús Santaella destacaba “el mayor sigilo dada la ausencia de ninguna filtración a pesar de que normalmente los asuntos que se debaten en Consejo de Ministros son previamente tratados en la comisión de Secretarios y Subsecretarios de Estado de los miércoles” así como su nefasta presentación en la que el Ministro de Hacienda, Sr. Montoro, “estaba abochornado” anunciando el Real Decreto Ley que contiene la medida.

Santaella desgranó minuciosamente el contenido de la norma y su trascendencia no solo administrativa o tributaria sino, lo que es más importante y puede desencadenar en su inconstitucionalidad, de orden penal. Y ello porque “lo que no es razonable es no discriminar el origen de las rentas no declaradas”.  Subrayaba García-Trevijano el aval al delito y al blanqueo que supone esta amnistía fiscal en la que “la letra es tan clara, que están invitando a que los delincuentes vengan con su dinero y lo pongan aquí”, mientras que D. Jesús  destacó que “ahora no se exige limpieza de origen”, respecto los capitales que se beneficiarán de la medida.

Precisamente los participantes en el debate insistieron en la exención de la responsabilidad penal que supone el Real Decreto, del que deriva su inconstitucionalidad. Santaella ponía énfasis en que “supone la exención de la responsabilidad del delito de blanqueo de capitales compatible con el fiscal” por no hablar de su propio origen en delitos comunes, como puntualizó Trevijano “dinero del narcotráfico, de la trata de blancas o de del tráfico de armas”. Por eso, en realidad y aunque el líder de la posición anunciaba esa posible inconstitucionalidad, Rubalcaba no acertaba a comprender al elemental motivo que según el Letrado especialista en delitos económicos, “introduce una exención de la responsabilidad penal, por lo que de vería introducirse en todo caso mediante Ley Orgánica. Hay un defecto de rango legal en esa disposición” a lo que  D. Antonio añadía “incluso el propio Rubalcaba no se da cuenta de la gravedad de lo que denuncia porque esto lo tenía que haber puesto de manifiesto ya de entrada”.

El programa ocupaba en tan importante asunto la mayoría de su tiempo, que se completó con el análisis de la “doctrina Parot” por el Tribunal Constitucional y la posición extrajurídica que afecta a sus resoluciones por su propia naturaleza. El último asunto tratado fue la confirmación por el Tribunal Supremo de la ausencia de competencia de la Audiencia Nacional para conocer de la exhumación de los restos de las víctimas del franquismo poniendo en evidencia tanto la conducta prevaricadora de Garzón, como el buen criterio expresado al respecto desde un principio por los propios intervinientes en el programa.

            Pedro M. González

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