La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha adoptado un acuerdo en el que critica al Tribunal Constitucional por entender que se excedió en su jurisdicción al absolver a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer. Señala el Supremo, que el Tribunal Constitucional se basó en una interpretación de la tutela judicial efectiva con vulneración del artículo 123 de la Constitución, que dota al primero de supremacía en la interpretación de las leyes.   Ambos órganos llevan cuatro años de disputas a causa del procesamiento de "los Albertos", acusados de apoderarse de 24,5 millones de euros de sus socios minoritarios en Urbanor por la venta de unos terrenos, y procesados por los delitos de estafa, apropiación indebida y falsedad documental. La Audiencia de Madrid dictó que estos delitos habían prescrito, a pesar de considerarlos probados. El Tribunal Supremo revocó la sentencia en marzo de 2003, al casarla con su jurisprudencia y condenó a los acusados a tres años y cuatro meses de prisión. El Alto Tribunal tiene establecido que la prescripción de un delito se interrumpe con la presentación de una querella. Así ocurrió cuando los afectados presentaron su denuncia en el juzgado de guardia el día anterior a  su  prescripción. Pero el Constitucional entiende interrumpido el plazo de prescripción cuando haya una actuación judicial, como la admisión a trámite de la querella.   No hay posibilidad de reclamar ante ningún órgano judicial. El Gobierno propició el año pasado una reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que cierra todas las vías a un posible recurso. En concreto, el artículo cuarto en su párrafo segundo establece que “las resoluciones del Tribunal Constitucional no podrán ser enjuiciadas por ningún órgano jurisdiccional del Estado”. Es más, en este mismo artículo se deja claro que “en ningún caso se podrá promover cuestión de jurisdicción o competencia al Tribunal Constitucional”.   El Fiscal General del Estado ha declarado que esta sentencia del Constitucional es muy preocupante, porque le da la vuelta al derecho a la tutela judicial efectiva, que, a su entender, "es un derecho que debe de proteger a los perjudicados”. Como si  Conde-Pumpido no supiera  que la sentencia del Constitucional protege a los que se verían  perjudicados en caso de prosperar la  interpretación del  Tribunal Supremo.   hechos significativos Los partidos gastarán 50 millones de euros para pedir el voto. Cháves quiere que una mujer presida la Junta de Andalucía.

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