Las medias verdades son la forma más sutil de corrupción, pues desenmascararlas exige un esfuerzo adicional del intelecto al que hay que estar predispuesto. El objetivo es llamar la atención, la atrevida novedad, no mostrar una verdad lógica.   La Comisión de Justicia debate en el Congreso de los Diputados una proposición de Unión, Progreso y Democracia en la que se plantea un nuevo sistema de elección de los veinte vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con listas abiertas y voto por la judicatura, pero añadiendo también el de secretarios judiciales y abogados. En su iniciativa, Díez propone que para evitar el “corporativismo”, los jueces o magistrados elijan cuatro de los doce vocales que ahora sólo designan estos colectivos, pero que se reserven tres puestos a elegir por los secretarios judiciales, otros tres por los fiscales y dos por los abogados. De los ocho miembros restantes de CGPJ, cuatro los elegiría el Congreso y otros cuatro el Senado, igual que en la actualidad.   No nos explica Dña. Rosa sin embargo qué especial cualidad tienen los abogados, los fiscales y los secretarios de juzgado que les permita entrar en el contubernio y precisamente en la proporción de desigualdad entre ellos que pretende, dejando fuera a otros operadores jurídicos como procuradores, notarios, registradores, catedráticos de derecho u oficiales de la Administración de Justicia. Calla también la Sra. Díez que en realidad lo que ella llama designación, no es tal, sino mera propuesta al Congreso, donde luego se escogen de entre los nombres ofrecidos los que han de acceder al cargo de Vocal del CGPJ, tamizados por la tacha y el consenso políticos, por lo que da exactamente lo mismo el origen profesional de los que integran el listado ya que quien decide en última instancia es el poder político. Tampoco razona en qué se justifica la presencia de los ocho miembros directamente designados por el Congreso, ni cómo pretende acabar con la mediatización de los sindicatos judiciales, disfrazados de asociaciones, controlados por los partidos y su decisivo papel en la propuesta de vocales por la judicatura en el sistema articulado por la Ley Orgánica del Poder Judicial.   Sin separación de poderes en origen no existe constitución, y sin esta la democracia es sólo ficción. La independencia judicial es la piedra de toque de ese sistema de contrapesos que sólo se puede conseguir con un cuerpo electoral separado de electores y elegidos formado por todos los operadores jurídicos tanto judiciales como extrajudiciales en igualdad de condiciones y en el que participen y se integren desde el más alto magistrado al último funcionario del escalafón, los profesionales libres de la Justicia y la cátedra doctrinal.

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