Corinna Wittgenstein “es una persona que actúa como introductora del rey en otros países, facilitando acercamientos entre las naciones, lo que puede realizarse sin obstáculo alguno a título particular y sin usurpar función alguna, máxime cuando no se actúa suplantando o falseando la realidad administrativa y con la finalidad de engañar a una persona o colectividad, ya que de todos es conocido que la denunciada carece de la condición de funcionario público”.
Con estas palabras, el fiscal Eduardo Esteban Rincón, rubrica la investigación de la fiscal instructora subordinada suya, que practicó “las diligencias que consideró esenciales a la investigación y concluyó que los hechos no son constitutivos de delito y que procede el archivo de las presentes diligencias”.
El escrito está dirigido a la denunciante, Susana Cano, madre de una hija que denunció abusos por parte de un jeque arabe amigo del rey y que asegura que también fueron archivados sin ser investigados. La fiscalía afirma que es Susana Cano quien debía haber investigado, y no ellos: “se limita la denunciante a poner en conocimiento de la Fiscalía unas informaciones periodísticas sin que ofrezcan ningún elemento oprincipio de prueba que avale razonablemente su realidad, limitándose la denunciante a afirmar su existencia, sin ningún apoyo objetivo atinente a los propios hechos”.
“No se justifica la apertura de unas diligencias para la investigación de unos hechos meramente sospechosos”, insiste el fiscal, que no tiene en cuenta datos como los denunciados acerca del destino de agentes de la Guardia Civil para ejercer como “escolta” de Corinna en su domicilio, situado curiosamente cerca del Palacio de la Zarzuela. La labor de protección con fondos públicos se ejerció además para ahuyentar a fotógrafos que pretendían inmortalizar a la amiga del rey.