R. CENTENO / J. C. BERMEJO / J.C. BARBA / J. LABORDA / VANESA MONGE
El 26 de mayo de 2006, la Asociación de Inspectores del Banco de España envió al entonces vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Hacienda, Pedro Solbes, una carta alertando sobre la inminencia de una gigantesca crisis, por la complaciente actitud del gobernador “ante el desmedido crecimiento del crédito destinado en su mayor parte al inmobiliario, cuyos precios son insostenibles”. Solbes no solo ignoró tan grave y urgente advertencia, sino que afirmó públicamente que “cuanto más se endeuden los españoles para comprar pisos, más ricos serán, pues los pisos jamás pueden bajar de precio”.
En cualquier país democrático, el gobernador y el ministro habrían sido procesados. El resultado, como ustedes ya conocen, fue un empobrecimiento masivo, millones de parados y el tejido productivo gravemente dañado. Si en 2006 la principal responsabilidad del BdE era la regulación del sistema financiero, obligación que inclumplieron clamorosamente, ahora es la estabilidad y el cumplimiento del mandato constitucional respecto a la deuda, algo que de nuevo se está sorteando y burlando mediante una tupida trama de normas, que permiten una emisión de deuda continua y su maquillaje contable.
Deuda sin control
Desde el pasado año, un grupo de profesores y economistas independientes hemos denunciado ante las autoridades europeas y el Banco Central Europeo la inexplicable sobreestimación del PIB de nuestro país. Para ello presentamos tres estudios correspondientes a las aproximaciones tradicionales del cálculo del PIB (producción, renta y gasto). Cálculos que ni siquiera el INE ha podido desmentir cuando fue requerido para ello por el prestigioso Instituto de Economía Mundial de Kiel. Las conclusiones: una sobreestimación del PIB de entre el 17% y el 18%.
Ello tiene gravísimas implicaciones. Nuestra deuda es ostensiblemente mayor. Sin soberanía monetaria, cualquier incremento de tipos de interés, de la aversión al riesgo o el fin del QE nos llevaría a un círculo vicioso, crisis de deuda-crisis bancaria, de muy difícil solución, con un empobrecimiento adicional de los ya muy sufridos ciudadanos españoles. Pero además dicha sobreestimación estaría ocultando algo negado por la clase política: nuestra presión fiscal es una de las mayores de Europa (cobramos salarios modestos, pero pagamos impuestos como los países más ricos).
Acorde con todo ello, el último informe de la Comisión Europea pone de relieve la vulnerabilidad económica que atraviesa nuestro país y que ha enterrado en deuda el porvenir de varias generaciones de españoles. Llegados a este punto, la pregunta es: ¿cómo es posible que el Estado pueda seguir emitiendo deuda pública en estas condiciones? ¿No se supone que después de perder nuestra soberanía económica, tras la reforma del artículo 135 de la Constitución española, deberíamos cumplir los criterios Maastricht sobre adecuación de deuda pública y déficit? ¿O estamos de nuevo ante una gran mascarada?
Para responder a estas preguntas hace falta desenvolverse entre una copiosa elaboración de informes, leyes orgánicas, reales decretos, circulares del Banco de España y datos realizados ex profeso, para hacer comprensible que se sigan emitiendo ingentes cantidades de deuda pública. Por eso, antes de nada, quizá convendría mirar a lo que ha ocurrido en nuestro pasado próximo cuando, tras la aprobación del Real Decreto 705/2002, de 19 de julio, por el que se regula la autorización de las emisiones de deuda, se igualaron las emisiones de las haciendas locales en las mismas condiciones y beneficios que se aplicaban a las de deuda pública del Estado.
A partir de entonces, se sustituyó la obligación de otorgamiento de escritura pública (papel) por publicación en el BOE en el caso de emisión de deuda de las entidades locales, organismos autónomos y empresas públicas de capital, y eximió de toda responsabilidad de la verificación previa de las emisiones de deuda pública a la CNMV.
Ahora la única obligación reside en elevar una propuesta al BdE, quien a la vista de la memoria de emisión, la eleva con su informe a la consideración del Ministerio de Economía. Así de sencillo resulta seguir endeudando a los españoles, y esto a pesar de que tras la reforma del artículo 135 de la Constitución española el 27 septiembre de 2011, por la cual el Estado se había obligado a cumplir con la estabilidad presupuestaria y que finalmente tomaría forma en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, donde se establecieron los parámetros: regla de oro y el techo de gasto.
La regla de oro es una norma fiscal de obligado cumplimiento cuyo objetivo es lograr la estabilidad presupuestaria, mientras que el techo de gasto es un mecanismo propio para lograr esa estabilidad y que negocia exclusivamente Cristóbal Montoro con los representantes de las CCAA.
Tanto el artículo 135 de la Constitución española como la LOEPS prohíben expresamente la emisión de deuda pública por encima del 60% del PIB, excepto en los casos de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las administraciones públicas y perjudiquen considerablemente su situación financiera o su sostenibilidad económica o social, y siempre apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados. Ninguno de estos factores se produce y el Gobierno sigue emitiendo deuda indiscriminadamente, y, además, sin el consentimiento del Congreso.
Pero, en esta explicación, tiende a olvidarse que ya en etapas anteriores con la Circular 4/2011, de 30 de noviembre, del Banco de España (que modifica la Circular 3/2008, de 22 de mayo, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos), el BdE contemplaba la emisión de deuda de la Administración general del Estado, organismo autónomos, empresas públicas de capital y los entes locales con solvencia económica propia, como si mantuviera todavía en su poder las competencias en materia monetaria.
Se dejó así una puerta abierta para poder seguir emitiendo deuda pública, eso sí, sin control práctico alguno y que fuera poco clara para los ciudadanos, permitiendo así que únicamente sea el ministro de Hacienda quien autorice al Estado a realizar emisiones de deuda pública, lo que en última instancia pone de manifiesto una gestión que podríamos tildar de autócrata y cuyos excesos entierran en deuda a varias generaciones de españoles.
Lo realmente escandaloso es que nuestros dirigentes están faltando al obligatorio cumplimiento de normas de rango superior (Constitución y ley orgánica) mediante el uso de normativas de rango inferior (reales decretos y circulares), incurriendo presuntamente en una ilegalidad manifiesta y flagrante.
En otro artículo no les quepa duda de que les detallaremos y cuantificaremos la cuantía de esta deuda autócrata.