Antes escuchaba ilegalmente y ahora declara por ello. Antes le escuchaban en la Universidad de Nueva York dar sesudas conferencias sobre terrorismo internacional y ahora declara por los 317.130 euros que su mujer ingresó coincidentemente con la subvención de los cursos por el Banco de Santander y otras grandes empresas con asuntos en pendencia judicial ante el órgano judicial del que todavía es titular. Le escuchan, pero no hay verbalización alguna que satisfaga al Tribunal ante el que comparece como imputado. Otros quieren que Él, constituido en el Tribunal Penal Internacional, escuche al tirano Gadafi una vez le hayan echado el guante para ser juzgado por sus atrocidades. Hoy siete de Marzo el Juez Baltasar Garzón testificará de nuevo ante el Tribunal Supremo (TS). Esta vez ha sido Él quien ha pedido al juez ser escuchado para aclarar determinados aspectos de la causa que contra Él se instruye por haber intervenido las comunicaciones en prisión entre los cabecillas de trama “Gürtel” y sus abogados, a lo que naturalmente se ha aferrado la defensa de los saqueadores para sustentar la nulidad de lo actuado. El Magistrado del TS D. Alberto Jorge Barreiro le había citado inicialmente para el miércoles pasado, pero su defensa, que ejerce el letrado sevillano D. Francisco Baena Bocanegra, con experiencia en la defensa de magistrados como la de Manuel Rico Lara en el caso “Arny”, pidió el aplazamiento por tener ese día otro señalamiento. La petición de Garzón de ser escuchado de nuevo es la última intentona procesal de retrasar lo inevitable, su imputación formal por un delito de prevaricación cometido en el ámbito de las comunicaciones en prisión entre letrado e imputado. El pasado 18 de Noviembre, el instructor dictaba un Auto en el que recogía como en el momento de acordar las escuchas el Juez de la Audiencia Nacional “no tenía dato incriminatorio alguno” contra los letrados de los presos, en cuya supuesta implicación intenta Garzón sustentar su actuación a la desesperada. Para el Juez Jorge, los tres hechos relevantes que han de ser objeto de investigación son: Si Garzón dictó efectivamente los Autos cuestionados por los que se autorizan las escuchas; si cuando lo hizo tenía algún indicio incriminatorio contra los letrados afectados, y si las resoluciones se llegaron a ejecutar materializando las escuchas. De lo instruido hasta la fecha se infieren según Jorge “transparentes los indicios en el sentido de que cuando el querellado dictó las dos resoluciones no tenía dato incriminatorio alguno contra los nuevos letrados de los presos que los implicara en la trama o en otros hechos delictivos”. Así lo reconoció Garzón en Mayo en su previa comparecencia en la que ya fue escuchado sobre los hechos que se le imputan. Sic transit gloria mundi.