El Juez de la Audiencia Nacional (AN) D. Ismael Moreno, siguiendo la línea argumental de la Fiscalía, ha rechazado asumir la competencia para investigar el desvío de dinero público del Instituto Noos según interesaba la defensa del expresidente balear Sr. Matas. La resolución deniega requerir de inhibición al Juzgado de Instrucción nº 3 de Palma de Mallorca al entender que no concurren ninguna de las causas determinantes de la competencia territorial u objetiva por razón de la materia que justifiquen su jurisdicción. Recordemos que en el ámbito de los delitos económicos, la AN extiende su facultad para enjuiciar aquellos que por su gravedad afecten seriamente a la economía nacional o que produzcan un perjuicio patrimonial en una pluralidad de perjudicados que se sitúen en el territorio de más de una Audiencia Provincial.
Limitándose la investigación en este momento procesal a la persecución de los 5,8 millones de euros a que ascienden los ingresos de Urdangarín y su socio, efectivamente parece que el criterio cuantitativo lo deja fuera de la competencia de la AN. Más discutible es el de pluralidad territorial por cuanto las actividades de Noos y sus empresas satélite se diversifican a lo largo de la geografía española y aún en el extranjero. En este sentido el Juez Moreno subraya en su Auto que no constan en este momento acreditados datos objetivos para poder llegar a esa afectación territorial diversa, recalcando no obstante que bien pudiera cambiar esa atribución competencial cuando de la instrucción se infiera el completo contenido de las actividades investigadas.
Con la interposición de la denegada inhibitoria, parece que el Sr. Matas espera un mejor trato de la Audiencia Nacional que del Juzgado instructor de Palma de Mallorca. Es de interés, sin embargo, observar la postura que en un futuro adopte la defensa del Duque de Palma. La pluralidad de hechos fuera de las comunidades balear y valenciana y del sumario Palma-Arena en relación con los implicados como pueden ser los negocios trabados con ayuntamientos como los de Alcalá de Henares y empresas como Aceralia, Telefónica y la SGAE y aún en países extranjeros como Marruecos y Senegal, significarían, de mantenerse la incompetencia de la AN, una retahíla de procedimientos dispersos en distintas sedes. Y con ello un espectacular vía crucis judicial que mantendría la atención pública de manera continuada en este foco de corrupción. Por no hablar además por el peligroso efecto de cosa juzgada de los procedimientos previos sobre los posteriores.
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