Abu Dabi y monarquía

El rey abdicado quiere asegurar la herencia de su descendencia. Para ello ha creado una fundación en Abu Dabi con el objetivo de poder transferir su patrimonio a su fallecimiento de forma más sencilla y con las ventajas tributarias propias del país de su domicilio social. Tanto Elena como Cristina de Borbón ocupan sendos asientos en el patronato de la fundación, que nominalmente tiene como fin dar a conocer la figura de Juan Carlos I.

No hay nada nuevo y extraño en el comportamiento del exmonarca. Su pasión por el dinero y las mujeres son de sobra conocidos. Aunque es dudoso que esta fundación incluya esa información dentro de aquella que dice va dedicarse a difundir. Lo grave, sin embargo, es cómo la prensa cortesana se ha apresurado a intentar poner a salvo de esta nueva hazaña borbónica al actual rey Felipe VI.

Felipe VI, efectivamente, no aparece en los documentos constitutivos de la fundación, lo que se acompaña diciendo que tanto éste como la princesa Leonor renunciaron a la herencia del patriarca en abril de 2019. De esa forma se pretende dejar incólume el honor de la monarquía, base misma de su existencia.

También es lógico que la prensa adepta intente ganarse el pan, pero en este caso el argumento es tan pobre como mentiroso por imposible y contrario a la legalidad vigente en materia sucesoria. Estamos ante un acto burdo de propaganda, que demuestra la falsedad de esta monarquía de partidos.

Y es que, a tenor del art. 991 del Código Civil, no puede renunciarse a la herencia hasta el fallecimiento del causante, careciendo de cualquier efecto la realizada antes. Textualmente el precepto dice lo siguiente: «Nadie podrá aceptar ni repudiar sin estar cierto de la muerte de la persona a quien haya de heredar y de su derecho a la herencia».

Por otro lado, hay que tener en consideración la ineficacia o al menos inoficiosidad evidente de unas disposiciones a título gratuito a favor de una fundación de la que son patronos herederos forzosos, perjudicando la legítima de otros sucesores. También la previsión del art. 774 del Código Civil, que establece que en caso de muerte testada el causante podrá designar sustituto en caso de renuncia, incluidos los herederos del renunciante o renunciantes. Y conociendo a Juan Carlos y su copioso patrimonio, no es creíble que vaya a fallecer intestado.

Así todo queda en casa (Real).

2 COMENTARIOS

  1. Los Bribones llevan un año de marketing publicitario de blanqueamiento coronil que ya lo quisiera cualquier empresa española. Pero bueno de eso se trata son Bribones, SA. Ahora transmutados en fundación con base en Abu Dabi.
    Todavía hay quien se parte la cara por esta monarquía.
    Viva la Libertad Política Colectiva y viva la República Constitucional!!!
    Buen artículo Pedro.

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