Al límite Muerto el perro se acabó la rabia. Así debieron pensar los prebostes políticos de la Justicia al decidir acabar con el atasco judicial masificado que pudre las causas en los órganos jurisdiccionales españoles. Para ello no se les ocurre otra cosa que vedar el acceso judicial en segunda instancia a las causas civiles y contencioso-administrativas por razón de su cuantía. Es como si para fomentar el ahorro energético, en otra vuelta de tuerca más, se prohibiera directamente coger el coche los fines de semana, o para que, como siempre cuidando de nuestra salud, para que no fumáramos se ordenase la amputación de los dedos anular e índice de cada mano.   El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 4 de Marzo un proyecto de ley para agilizar los procesos civiles y contencioso-administrativos suprimiendo el recurso de apelación en los juicios verbales en el orden jurisdiccional civil por razón de la cuantía, de tal forma que para asuntos de menos de 6.000 € euros la sentencia de primera instancia será firme y no recurrible. El Secretario de Estado de Justicia D. Juan Carlos Campo justificó la medida negando que suponga supresión ni limitación alguna al derecho de tutela judicial efectiva. Campo sostiene que el ochenta y cinco por ciento de los asuntos civiles que se recurren en apelación –orden competente para reclamación de cantidades, de pensiones de alimentos, divorcios o arrendamientos, entre otros asuntos derivados de las relaciones jurídicas entre particulares– confirman la sentencia dictada en primera instancia  por  un Juzgado, suponiendo una carga innecesaria que impide el funcionamiento adecuado de las Audiencias Provinciales.   Claro, que si tiene usted la mala suerte de entrar dentro del restante quince por ciento, pasaría a engrosar el cupo de afectados irremisiblemente por un error judicial insubsanable. Otro recurso afectado por esta reforma es el de casación ante el Tribunal Supremo en idénticas materias civil y contencioso-administrativa ya que eleva a 800.000 euros el límite de 150.000 euros que existe en la actualidad para poder recurrir al auxilio del Alto Tribunal. Para que digan que la justicia es igual para los ricos que para los pobres. Según el Secretario de Estado los nuevos límites reducirán los tiempos de la justicia descargando a los órganos superiores de trabajo sin merma de los derechos ciudadanos. Como los nuevos límites de velocidad reducirán los accidentes de tráfico.   “No supone una mayor garantía de éxito que existan quinientas instancias judiciales ante las que recurrir”, Campo dixit refiriéndose a lo que ha denominado la actual “cultura del pleitismo”. Recordemos que los textos internacionales exigen la garantía de la doble instancia como consustancial al derecho a la defensa y tutela judicial efectiva imponiéndola como garantía contra la arbitrariedad personal del juez o el simple error, configurándola incluso como signo distintivo de los sistemas protectores de la libertades individuales de los totalitarismos, como recoge el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

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