La Justicia

Para la independencia judicial y su separación en origen del resto de poderes del Estado es indispensable que la Justicia elabore y disponga de su propio presupuesto. Y es que no puede existir independencia orgánica ni funcional sin independencia económica.

Esto únicamente se puede conseguir con efectivo equilibrio de los tres poderes clásicos mediante la elaboración de dicho presupuesto por un Consejo de Justicia también separado en origen. Este órgano elevaría la correspondiente propuesta a una comisión mixta de la asamblea y del ejecutivo para que la aprueben, devolviéndolo para su enmienda en caso de no obtenerse esa aprobación, y  garantizando por vía constitucional un mínimo porcentual sobre los presupuestos generales del Estado que evite su estrangulamiento.

Buen ejemplo es el actual conflicto que mantiene paralizada a la Justicia y que tiene como partes a los Letrados de la Administración de Justicia, por un lado, y al Ministerio del ramo, por el otro. La nada inocente dependencia económica de estos funcionarios del poder ejecutivo, mientras que jueces y magistrados son retribuidos por el Consejo General del Poder Judicial, provoca una asignación de medios que obedece a criterios dispares y a veces incluso contrarios.

Este problema queda resuelto con la existencia de un órgano rector de la Justicia, el mencionado Consejo de Justicia, que integre a todos los operadores jurídicos ordenando su actividad diaria, incluida la retribución y organización de las profesiones funcionariales, entre las que se encuentran, por ejemplo, jueces, letrados de la Administración de Justicia, forenses, fiscales así como personal de tramitación y auxilio.

Reducir el problema del adecuado funcionamiento de la Justicia a una simple cuestión de dotación ministerial de medios materiales y de modernización tecnológica es común denominador de cada Gobierno y trampa en la que a menudo se hace caer no solo al justiciable, sino a los profesionales y funcionarios.

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