La corrupción moral no necesita del indulto, lo desprecia incluso dándolo como obligado. Son las consecuencias penales las que lo necesitan.
La Andalucía chavista ha sido ejemplo señero de ello. Los escándalos económico-familiares del luego vicepresidente tercero del Gobierno durante su largo mandato en esta comunidad autónoma enrocaron a éste en una posición defensiva que aprovechó esta imposibilidad de discernir entre ambos tipos de responsabilidades para mantenerse impertérrito en el machito. Chaves siempre negó cualquier responsabilidad en el orden político, amparándose en el curso de la investigación judicial que ha finalizado en condena y enfrentándose a una oposición política enlodada en el mismo juego partitocrático y clientelar, como el caso Gürtel, que les situaba en idéntica inopia.
Cuando los poderes del Estado y la nación no están separados y además la Justicia no es independiente, resulta imposible distinguir entre la responsabilidad política y la penal. La politización de la Justicia y la judicialización de la política son las consecuencias de esta inseparación. El control de los titulares de la jurisdicción mediante la designación de sus órganos de gobierno y puestos más relevantes en la curia pone luego en la arena judicial la discusión política. Así, los partidos tienden a dirimir judicialmente cuestiones de orden estrictamente político resultando imposible distinguir entre responsabilidades penales y responsabilidades políticas.
No es sólo cuestión de pobreza intelectual y moral de toda una clase política, la corrupción es también de orden institucional e impide discernir la responsabilidad penal de Chaves y Griñán de su responsabilidad política. Por ejemplo, y en el caso del primero, tal responsabilidad política deviene ya automáticamente por la simple designación de sus allegados en lugares de confianza y del trato preferente de la administración pública que el entonces presidente de la Junta encabezaba para realizar negocios. La responsabilidad penal precisa de culpa o dolo, mientras que la política es de orden objetivo.
La posibilidad de detección y depuración de las responsabilidades políticas es inversamente proporcional a la separación de poderes y a la independencia judicial. Mientras que en la república de los Estados Unidos de América del Norte los casos Watergate y Lewinsky aun sin responsabilidad penal de los presidentes afectados los puso en la picota de la responsabilidad política, en España se eludió el procesamiento del jefe del ejecutivo por delitos de asesinato con la excusa de su estigmatización pública. Qué mayor muestra de la confusión entre responsabilidades políticas, nunca asumidas, y las penales que, fundiéndose en una sola, avalan, a fin de cuentas, la irresponsabilidad absoluta de los titulares de un poder único, solo dividido funcionalmente.
El motivo de la justicia legal se encuentra en el conocimiento avezado de una judicatura independiente del poder ejecutivo y del poder legislativo por lo que no pueden ser ecuánimes ni decentes los pronunciamientos de una administración judicial dependiente de los dos poderes.El indulto no está para compensar intereses políticos