Quiénes somos
El Diario Español de la República Constitucional es el órgano de expresión del Movimiento de Ciudadanos hacia la República Constitucional (MCRC).
¿Qué es el MCRC?
El Movimiento de Ciudadanos hacia la República Constitucional (MCRC) fue fundado en 2006 en España por Antonio García-Trevijano Forte. Posteriormente, adoptó el carácter de asociación cultural. El MCRC tiene carácter prepolítico, porque considera que la libertad política, la posibilidad de que los ciudadanos elijan a sus representantes políticos, no existe en España, lo que impide que se confronten libremente las ideologías surgidas de los diferentes intereses presentes en la sociedad, generalmente conexos con distintas posturas sobre la igualdad material o económica y otros aspectos sociales. Partimos del convencimiento de que toda ideología, como producto de una idea parcial que, aunque cierta, se quiere aplicar a toda la realidad mediante la razón (el logos), es parcialmente falsa o irrealizable. Afirmamos que la libertad política, en cambio, no es ideológica, sino que pertenece por naturaleza a toda comunidad política, independientemente de los intereses parciales de sus miembros y, por lo tanto, colectiva y realizable. También afirmamos que en España no hay democracia, sino un Estado de partidos o partidocracia. Por ello, el objetivo del MCRC es la apertura de un período de libertad constituyente, durante el que el pueblo español pueda elegir el sistema político. Durante ese período, nosotros propondremos la república constitucional, el único sistema político que cumple con los requisitos de la democracia: la representación ciudadana, la separación de los poderes ejecutivo y legislativo y la independencia judicial, mediante:
- elección de diputados de distrito por el sistema uninominal mayoritario, único que garantiza la representación política de los ciudadanos.
- elección directa del jefe de Estado y Gobierno en distrito nacional único por todos los ciudadanos.
- elección directa del presidente del órgano de gobierno de la Justicia por todos los profesionales jurídicos.
Para ello, es indispensable que los partidos políticos que eventualmente apoyen a los candidatos a diputado y a jefe de Estado y Gobierno, tengan prohibida la financiación pública, así como los sindicatos, y que se financien únicamente mediante una cuota igual para todos sus afiliados.
Así mismo, debe garantizarse mediante ley que las campañas electorales sean gratuitas.
Tenemos conciencia de que las comunidades políticas son involuntarias y de que los Estados existentes son hechos, no proyectos, y en consecuencia no se puede alterar su territorio pacíficamente. Por ello, una nación personificada en un Estado es un sujeto constituyente, y su fraccionamiento compromete completamente las posibilidades de alcanzar su libertad política.
Constatamos que las Comunidades Autónomas fomentan la discriminación y la fragmentación del sujeto constituyente y producen gastos públicos improductivos e insostenibles. Por ello, deben ser compensadas integrándolas en la forma presidencial de gobierno, transfiriendo a las entidades locales las competencias que sean susceptibles de ello para evitar gastos públicos improductivos e insostenibles.
La monarquía de partidos actual carece de autoridad para garantizar la unidad de la conciencia española, y ha sido foco de corrupción, y por ello debe ser sustituida por una república constitucional, que asiente el natural patriotismo en la forma presidencial de gobierno.
Tampoco reivindicamos la II República española, cuya arquitectura institucional tenía graves defectos y no era democrática.
Consideramos que los regímenes políticos de las naciones europeas, ideados para la Guerra Fría, tampoco son democráticos, por lo que los españoles estamos obligados a innovar la cultura política para llegar a la democracia como regla formal del juego político.
Somos conscientes de que se puede alcanzar un período de libertad constituyente si una minoría, la parte más civilizada e innovadora de la nación, orienta a esta mediante una presencia activa en la sociedad civil, para conseguir un nivel significativo de no participación en un régimen electoral fraudulento que impide la libertad política, de forma que quede deslegitimado.
Desde 1977, las posibilidades de acción para lograr esta presencia activa en España se habían reducido prácticamente a actuar a través de los medios de comunicación y de la publicación de libros.
No obstante, la libertad de expresión se iba estrechando cada vez más, especialmente en los medios públicos, pero también mediante la influencia del poder político sobre los medios de comunicación privados, sobre todo, a partir de la gran resonancia que tenía García-Trevijano cuando lograba intervenir en televisión.
El desarrollo de internet abrió nuevas perspectivas de difusión de las ideas de la libertad política, que fueron el factor determinante para crear un movimiento de ciudadanos activos que mostraran a la sociedad española el camino hacia la libertad y la democracia. Hacia la república constitucional.
Declaración de principios del MCRC
I. Porque los seres humanos no nacen iguales en capacidad física y mental, ni en condición social, la sociedad y el Estado deben garantizar la igualdad de derechos y de oportunidades.
II. Porque existe un imperativo moral en todas las conciencias, es condenable el oportunismo personal, social y político.
III. Porque los individuos no pueden desarrollar sus vocaciones ni sus acciones fuera del contexto social, la lealtad es fundamento de todas las virtudes personales y sociales.
IV. Porque los españoles padecen temores derivados de su tradicional educación en el Estado autoritario, sólo la valentía personal puede crear la fortaleza de la sociedad civil frente al Estado.
V. Porque durante siglos se ha sacrificado y despreciado la inteligencia y el espíritu creador, apartándolos de los centros de enseñanza, del Estado y de los partidos, esas facultades individuales han de organizarse para tener presencia activa en la sociedad civil.
VI. Porque la decencia constituye el decoro de la civilización, la sociedad civil debe civilizar a los partidos y sindicatos, sacándolos del Estado.
VII. Porque entre el Estado de partidos y la sociedad civil no existe una sociedad política intermedia, la parte más civilizada de aquella debe orientar la formación de ésta, sin el concurso del Estado.
VIII. Porque la política afecta al universo de gobernados, si el lenguaje de políticos y medios comunicativos no es directo, correcto y expresivo del sentido común, disimula una falsedad o esconde un fraude.
IX. Porque no son legítimas las razones ocultas del poder político, siempre será ilegitima la razón de Estado.
X. Porque a la razón de Gobierno sólo la legitima la libertad política de los que eligen el poder ejecutivo del Estado, son ilegítimos, aunque sean legales, todos los Gobiernos que no son elegidos directamente por los gobernados y no pueden ser revocados por éstos.
XI. Porque la razón de la ley está en la prudencia de legisladores independientes, elegidos por los que han de obedecerlas, no son respetables, aunque se acaten, las leyes emanadas de Parlamentos dependientes del Gobierno.
XII. Porque la razón de la justicia legal está en el saber experto de una judicatura independiente del Gobierno y del Parlamento, no pueden ser justas ni dignas las resoluciones de una organización judicial dependiente de ambos poderes.
XIII. Porque la razón del elegido está en el mandato unipersonal, imperativo y revocable del elector, es fraudulento el sistema proporcional de listas, que sólo representa a los jefes de partido.
XIV. Porque los medios de comunicación forman la opinión pública, no puede ser imparcial ni veraz la información controlada por un oligopolio de poderes económicos.
XV. Porque la corrupción es inherente a la no separación de los poderes estatales, sólo la puede evitar, con su separación, el recelo y la desconfianza entre sus respectivas ambiciones.
XVI. Porque las Autonomías fomentan los nacionalismos discriminadores o independentistas, deben ser compensadas integrándolas en la forma presidencial de Gobierno.
XVII. Porque las Autonomías fomentan gastos públicos improductivos, sus competencias susceptibles de ser municipalizadas deben de ser transferidas a los ayuntamientos.
XVIII. Porque la monarquía de partidos carece de autoridad para garantizar la unidad de la conciencia española, y ha sido foco de golpes de Estado y corrupciones, debe ser sustituida por una república constitucional, que separe los poderes del Estado, represente a la sociedad civil y asiente el natural patriotismo en la forma presidencial de Gobierno.
XIX. Porque la única razón de la obediencia política reside en el libre consentimiento de los gobernados, éstos conservan su derecho a la desobediencia civil y resistencia pasiva, sin acudir a la violencia, frente a todo Gobierno que abuse del poder o se corrompa.
XX. Porque el pasado no puede ser revivido, sin imponerlo la fuerza del Estado, no es posible la restauración pacífica de la II República, cuya forma de gobierno parlamentario tampoco era democrática.
XXI. Porque el sistema de poder de las naciones europeas, ideado para la guerra fría, no es democrático, los españoles están obligados a innovar su cultura política para llegar a la democracia como regla formal del juego político. Por lealtad a la sociedad civil, los partidos políticos, sindicatos y organizaciones no gubernamentales no pueden ser financiados por el Estado; y por lealtad a la conciencia personal de los integrantes de este Movimiento de Ciudadanos, el MCRC no se transformará en partido político, y se disolverá tan pronto como su acción se agote con el referéndum que ratifique la Constitución democrática de la III República Española.
Estatutos del MCRC
Aquí se pueden descargar y consultar los estatutos del MCRC como asociación cultural.
Medios del MCRC
Además del Diario Español de la República Constitucional, el MCRC dispone de su propia web (www.mcrc.es) como un medio de presentación de su ideario y, a su vez, como un espacio al servicio de los asociados.
Igualmente, el MCRC es titular de una web específica para la defensa y difusión de la abstención activa bajo el lema «YO NO VOTO» (www.yonovoto.info).
Por otra parte, el MCRC también divulga sus ideas a través de sus propios canales, como son Libertad Constituyente TV (en Youtube) y Radio Libertad Constituyente (en iVoox). Los programas emitidos por estos canales se publican en el Diario Español de la República Constitucional.
El MCRC, asimismo, tiene su propia editorial, a saber, la Editorial MCRC, mediante la cual publica las obras de Antonio García-Trevijano y de otros autores de interés en la tienda alojada en el Diario Español de la República Constitucional.
Fundación y línea editorial del Diario Español de la República Constitucional
El 13 de mayo de 2006 Antonio García-Trevijano puso en marcha su propio blog en internet, el germen de lo que unos meses después sería el Diario Español de la República Constitucional. Así, el 18 de noviembre 2007 García-Trevijano anunció en su blog la fundación del Diario Español de la República Constitucional, a finales del mismo mes se inició la edición provisional del diario, y a partir del 26 septiembre de 2008 se pasó progresivamente al dominio actual de internet: www.diariorc.com.
García-Trevijano fundó este diario, no con el objetivo de competir con los medios de información existentes, ni tampoco como un canal de divulgación de artículos de opinión, sino como un órgano de expresión de criterios razonados respecto a todo tipo de disciplinas, además de la política, a condición de que dichos criterios no atentaran contra los fundamentos de la república constitucional defendidos por el MCRC. Ese mismo espíritu científico y riguroso es el que guía actualmente nuestro diario para todas sus publicaciones (artículos y programas de Radio Libertad Constituyente o de Libertad Constituyente TV). Igualmente, aquí se podrá encontrar el acceso directo al Archivo Antonio García-Trevijano y a los diversos medios del MCRC.
El director de los medios de comunicación del MCRC (Diario Español de la República Constitucional, Radio Libertad Constituyente y Libertad Constituyente TV) es Eñaut Uruburu Martínez.