La imposibilidad de solucionar la irresoluble contradicción de ser Justicia y a la vez componedor de voluntades, propia del estado de poderes inseparados, impide al mal llamado Poder Judicial alcanzar la mínima seriedad y coherencia a la hora de solucionar los problemas “caseros” que afectan a sus titulares. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha pedido a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) que informe sobre la conveniencia de autorizar al juez Garzón, suspendido de sus funciones en la Audiencia Nacional (AN), para que pueda ejercer de asesor del gobierno colombiano dentro de la misión que la Organización de Estados Americanos (OEA) tiene en ese país. El supuesto órgano de gobierno de los jueces ha señalado que se trata de conocer la opinión del tribunal de enjuiciamiento sobre si el traslado de Garzón a Colombia puede ser un obstáculo para la normal tramitación de sus causas penales y si le inhabilitan para el mismo de algún modo dado que en la actualidad se encuentra incurso como imputado en tres procesos ante el TS. Esas tres causas tienen en común el mismo ilícito objeto de encausamiento, la prevaricación (por investigar los crímenes franquistas careciendo de competencia, por la subvención por parte de imputados ante su juzgado de unos cursos que impartió en la Universidad de Nueva York y por autorizar escuchas en prisión entre presos y sus abogados). La oferta de empleo ha sido confirmada incluso por el propio Presidente colombiano, D. Juan Manuel Santos, quien en rueda de prensa conjunta con Rodríguez Zapatero en su última visita a nuestro país, confirmó la intención de que Baltasar Garzón asesore al gobierno ultramarino en temas relacionados con el proceso de paz abierto en aquel país. Previamente, el pasado mes de Diciembre, la Comisión Permanente del CGPJ había prorrogado de forma indefinida el permiso concedido a Garzón para trabajar para la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional en La Haya contando incluso con el voto a favor de su Presidente D. Carlos Dívar, que concedía así su placet. Es difícil distinguir que resulta más curioso si la figura del ostracismo turístico que se materializa con esta doctrina de nuestra jurisdicción, o la escasa consideración propia que se tienen los organismos internacionales y el país latinoamericano interesando la colaboración de jueces triplemente encartados por prevaricación.