La progresiva neutralización de la Justicia por el poder político es denominador común en todos los estados partitocráticos europeos. Las reformas que a ésta atañen son indefectiblemente para controlarla y acabar con cualquier atisbo de su independencia. El último ejemplo de esta tendencia natural es el reciente proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial presentado por el Ministro de Justicia. Mariano Fernández Bermejo anunció en su última comparecencia ante el Congreso de los Diputados su intención de reformar el funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial para que sus miembros deban comparecer en el Parlamento y a cesar una vez concluido su mandato. La justificación de esta nueva vuelta de tuerca al sometimiento del Poder Judicial al poder político se encuentra según el titular de Justicia en la necesidad de finalizar con la situación de bloqueo del Órgano de Gobierno de los Jueces, en funciones desde el 7 de noviembre de 2.006. Mariano Fernández-Bermejo Dar explicaciones sobre lo no preguntado implica el reconocimiento de lo que así se está negando. Por eso el Sr. Fernández Bermejo declara sin rubor en sede parlamentaria que la norma no atentará a la separación de poderes ni a la independencia del Poder Judicial porque “Las Cortes Generales representan al pueblo español y no es de recibo que este órgano pueda ver perjudicada su competencia por comparecer ante los representantes del pueblo español” (sic.). En tal original concepción de la separación de poderes, que no conformándose con imponer limitación temporal al mandato judicial, somete a éste al escrutinio político, no podía faltar la piedra de toque y excusa última de todas las vergüenzas liberticidas: La llamada al consenso de los partidos como garantía del éxito de la reforma. Así el Ministro finalizando su intervención parlamentaria de más de hora y media, y tras insistir que la legislatura en materia de Justicia será “fundamentalmente de gestión” (¿?), acabó “pidiendo y solicitando diálogo” a todos los grupos parlamentarios. Desde el texto “constitucional” de 1.978 así ha sido, ganando con el tiempo en valentía y descaro los ataques al principio de separación de poderes, desde la reforma del año 1.985 que instituyó la elección por los partidos de los miembros del CGPJ, hasta esta última, cada reforma de la Justicia ha sido un eslabón más en la cadena que la une y somete al Poder Único del Estado de Partidos.