Ernesto Nieves

ERNESTO NIEVES

No hay crisis democrática porque no tenemos democracia. Estamos viviendo una crisis no sólo económica sino del sistema político actual, que no es democrático. La presente ha dejado en evidencia lo que todos sabíamos, por un lado que el sistema político español adolece una manifiesta incapacidad de representar a la sociedad civil y de realizar la correspondiente voluntad de la mayoría; y por otro lado la falta de sujeción a la ley de los poderes públicos, el control de legalidad de sus actuaciones y su funcionalización a la tutela, así como la satisfacción de los derechos que en teoría están constitucionalmente garantizados.

Centrándonos en este segundo ámbito basta con recordar las reflexiones de Montesquieu para constatar qué falla en nuestro esquema formal de poderes. El Barón Francés, preocupado por los abusos en qué fácilmente puede incurrir el Poder Ejecutivo desarrolló con precisión de bisturí la división de poderes que ya había iniciado parcialmente John Locke. Cualquier ciudadano de a pie puede entender, que si se concentra todas las potestades y facultades en una única autoridad el abuso se acaba produciendo tarde o temprano.

Con esta primera idea como punto de inicio ¿qué es lo que tenemos en España?.  Si cogemos el modelo formal español rápidamente veremos la evidencia de que existe una absoluta dependencia del poder judicial respecto del poder legislativo y ejecutivo. Entonces si la democracia se caracteriza, entre otros, por la separación de poderes, en nuestro caso, eso no se ha traducido configuración administrativa y de gobierno del Poder Judicial como organización separada del tronco central de la Administración Pública (que dirige el Gobierno), ni en una ruptura de la vinculación orgánica y de autogobierno del Poder Judicial.

Veamos primero el caso particular de los Jueces como titulares de los órganos jurisdiccionales. Para empezar podemos ver como chirría la separación de poderes, cuando resulta que los Jueces quedan dispuestos en el ejercicio de sus funciones como miembros integrados en el aparato administrativo del Estado casi si cualquier funcionario de Hacienda se tratara. Fallo que se agudiza, porque es el propio Gobierno (P.Ejecutivo) quien elabora el presupuesto del poder judicial y quien asume todas las competencias en materia de medios materiales y personales de los que dispone el Poder Judicial. Parémonos aquí y hagamos un ejercicio de reflexión sincera.

¿Acaso alguien comprende que hay separación e independencia del poder judicial cuando absolutamente todo lo que está relacionado con tu profesión incluido tu propio puesto es dependiente de otro poder? Busquen ustedes ejemplos más cercanos si quieren a su vida cotidiana. Salvando las distancias claro está, nadie afirmaría en su sano juicio que la autonomía e independencia de una empresa cuyos puestos de trabajo, capacidad económica, sueldos y medios materiales son temas de decisión y titularidad de otra empresa paralela. Todos afirmaríamos por contra, que esta segunda empresa es la que tiene el control absoluto de la primera. Y es, claro está, lo que ocurre con el Poder Judicial, su Administración no le es propia, si no que es parte real del Poder Ejecutivo, y de ahí la presencia del llamado Ministerio de Justicia, que es la demostración orgánica de toda la cuestión.

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