Año II, n° 283, lunes 26 de julio de 2010
editorial
Antonio García-Trevijano
  
Paro judicial

Qué ocasión de contemplar, en la Monarquía de Partidos, la pericia en estupidez oficialista. Editoriales y profesores de fama doméstica despliegan su fantasía, en un concurso público de saberes sobre naturaleza y legalidad de la suspensión voluntaria de la función judicial durante un día. ¿Es huelga laboral, cierre patronal, algo permitido o prohibido por el silencio de la Constitución? Para el Gobierno y sus partidarios sería un cierre patronal, o sea, una traición al Estado del que forma parte el poder judicial en tanto que uno de sus tres poderes, un acto contra sí mismo tan ilegítimo, por absurdo, como un hipotético paro del Gobierno o del Parlamento. Para la oposición y sus editores sería una huelga legal, sujeta a servicios mínimos, pero de ejercicio temerario en un colectivo que debe dar ejemplo de espíritu dialogante. Derecho teórico a una huelga sin posible práctica.

 

Ese eventual paro no es homologable con un cierre patronal. Los jueces no son empleadores. No contratan a los empleados en Juzgados o Tribunales. Y no es traición al Estado, como no lo son las huelgas de funcionarios. El movimiento judicial, al presionar al Gobierno, no se niega a sí mismo en lo que es, una función separada de la de dictar y ejecutar leyes, ni menos aún puede negarse en lo que no es, un poder independiente del ejecutivo y del legislativo. El artículo 117 de la CE dice que los jueces y magistrados son independientes e integrantes del poder judicial, pero no dice que este poder en singular sea independiente. Tampoco es huelga, pues no va dirigida contra el empleador de los jueces, el Estado, sino contra el Gobierno. Visto lo que ese paro no es, veamos lo que constitucionalmente puede ser, en tanto que conflicto laboral no sujeto a la legislación social. El titular único de la Justicia, el Rey, realiza este dominio a través de Jueces y Magistrados independientes que la administran en su nombre. Cuando el Rey guarda silencio en un conflicto entre dos instituciones, y una de ellas le concierne de modo nominal, es aplicable la norma canónica de que quien calla otorga, si podía y debía hablar. Por supuesta dignidad, el Rey está patrocinando tácitamente el paro judicial. La indignidad de las condiciones de trabajo de los jueces se traslada a la del titular de lo que administran en su nombre. Quien condene al movimiento judicial está, pues, condenando al Rey. Y la única vía constitucional de solución del conflicto es la del artículo 56 de la CE: arbitraje público del Rey entre la judicatura y el gobierno, bajo pena de destitución, por dejadez de funciones, si no lo realiza.

 

florilegio
"Creer o decir que la Justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey es quimera mendaz. Emana de la ley y se administra en su nombre."
Comentarios (13)
enero 16, 2009     
Don Antonio, en el anterior artículo "Jueces Serviles", yo planteaba unas cuantas dudas sobre cual era el papel exacto de los actores en esta película de "Los Jueces se Revelan" . Asumo que debido a mi escaso conocimiento sobre lo que dice la ley, esas dudas debían ser un poco chorras e ingenuas, pues ni siquiera tenia del todo claro quienes eran los actores.

Con este nuevo artículo, para mí esas dudas han quedado bastante despejadas. Ahora entiendo mucho mejor quién es quién y cual es el margen de maniobra que tiene cada uno. Muy interesante lo del Rey.

¡Muchísimas gracias!

Un abrazo.
enero 16, 2009     
Otro editorial magistral, junto con el anterior sobre el mismo asunto. El estiramiento de las responsabilidades hasta el mismo rey, que debiera ahora caer, produce ese vértigo tan cercano al éxtasis y la alegría de la verdad. Genial. Contraemos con Ud. una deuda eterna.
Un abrazo.
Los jueces se ponen en huelga contra el Ministerio de Justicia, reconociendo así su dependencia y que son simples funcionarios de ese departamento político. Intentaré porfundizar en ello en mi artículo de la semanana próxima.

Abrazos
enero 16, 2009     
La pena es que los ciudadanos tenemos tan asimilada la cínica absoluta condición de florero del Rey, que de esta no caerá tampoco. Como el maestro dice en su florilegio, es mendaz eso de que la Justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey. Pero los opositores estudiamos que esa declaración es puramente retórica y con la intención de dar cabida, en nuestra sacrosanta Consituticiòn del consenso, a las fórmulas tradicionales del tratamiento que, las sucesivas constituciones, han venido dando a la Justicia.
Por otro lado, los augures y exégetas del constitucionalismo de laboratorio (cátedras universitarias), no se cansan de señalar que, al hablar de la Justicia, sólo para ella en la Constitución se recoge el término "Poder". Y así, el Título tercero es "De las Cortes Generales", el cuarto "Del Gobierno y la Administración" y el Título sexto "Del Poder Judicial". La mentira sigue servida y los futuros jurisperitos, más que estudiar ciencia jurídica, memorizan alquimia doctrinal.
Ahora bien, llevo varios días reflexionando sobre esta huelga de jueces y me parece una indecencia. Que un juez decida no trabajar equivale a reconocer que hay un poder superior que lo domina, lo controla, del cual recibe instrucciones de trabajo. Porque ojo, la independencia judicial no sólo se predica entre poderes (por mucho que le fastidie a Federico Trillo), sino también entre cada uno de los jueces, independientes entre sí. Es decir, verbigracia de la propuesta de paro, los jueces equivalen a los autónomos de la justicia. El Gobierno externalizó, gracias a la Constitución, la función judicial, al igual que una administración hace con el servicio de limpieza o la seguridad de los edificios públicos.
Se están cubriendo de gloria. Que empiecen a reclamar la independencia de su Poder respecto de los otros, para así poder solucionar las miserias que hoy reclaman.
Un saludo,
Fernando Villamil
Gracias, Fernando. Todo lo que dices lo suscribo. Por eso he llamado la atencion sobre el art. 117, que despues de mencionar el poder judicial en singular, en oracion distinta separada por un punto y coma, dice que los jueces en plural son independientes.
Estimados todos, estimado Antonio,

Hay un sector del poder judicial que reclama independencia, ¿no es patético en el s. XXI?
Personalmente no creo que vaya a haber huelga ni nada por el estilo. Como Graduado Social y dada mi modesta formación jurídica es cierto que existen disparidad de opiniones a cerca del tema, si bien la Constitución(-del "consenso"-) contempla el derecho a la huelga como un derecho fundamental de los trabajadores (¿acaso los jueces no lo son?) tambien es cierto que permite que la ley regule las peculiaridades del ejercicio de huelga a los funcionarios públicos (art. 28 C.E.)...para todos los gustos.

De todas maneras, y viendo en lo que se está convirtiendo España gracias a la "brillante" clase política que tenemos y a "su sistema", quizás no estaría mal que el poder judicial, el ejército, la polícia, los sindicatos y, por supuesto, los diputados todos, se pusieran de huelga... tiempo al tiempo.

Buen fin de semana a todos.
enero 16, 2009     
D. Antonio:
En su finura en la disección puramente lingüística de un texto legal como la llamada Constitución del 78 me recuerda usted a la lucidez y agudeza del Carl Schmitt de la Teoría de la Constitución, donde también ofrece notables muestras del análisis sintáctico, gramatical y semántico de las constituciones del siglo XIX y de la Constitución de Weimar. Me parece que todo intento honesto de analizar los textos legales debe empezar por ahí.
Muchas gracias, con amistad
Sois vosotros, querido Juan, quienes debeis penetrar, por las sendas gramaticales como la del 117, en la desvelacion de la intencionalidad antidemocratica de la Constitucion. Estoy pensando en la necesidad de crear una "Escuela de Madrid", para desarrollar y dar a conocer, en una Revista mensual, la originalidad de nuestro pensamiento. Lo he consultado con algunos amigos de pensamiento y de valores estéticos, ya consagrados en el mundo de las ideas, y me animan a que emprendamos juntos esta ambiciosa empresa intelectual y politica. Abrazos.
enero 17, 2009     
Comentario claro y perfectamente razonado conforme a Derecho. Atacar al diablo con sus mismas armas. Felicito al autor, 5 estrellas.
enero 17, 2009     
Gran artículo, una vez más.
El paro judicial no es más que la demostración práctica de la dependencia del poder Judicial al Ejecutivo. Una desconvocatoria de la huelga sería la consagración pública de esta dependencia. El poder Judicial en España se está comportando como lo que es, un colectivo de funcionarios del Gobierno.
Saludos.
enero 18, 2009     
El Gobierno concibe el poder judicial como un servicio público más hacia la ciudadanía. De ninguna manera le ortogaría la suficiente independencia y autonomía presupuestaria para que sea un verdadero Poder. No le interesa someterse a su control que formalmente sería el control de la Ley.
Por otro lado, los magistrados aceptan cómodamente que las altas instancias de la Justicia están repartidas según las cuotas de los Partidos. Y por supuesto la justicia como servicio sigue siendo lenta, arbitraria e incluso negligente como se está viendo.
enero 18, 2009     
Observador,
Ningún poder otorga la independencia a otro, porque este le puede ir en su contra. El sólo hecho de "otorgar la suficiente independencia" sería la prueba palpable de que no la tiene.
La independencia se la tiene que dar la Constitución, y eso es algo que la Constitución del 78 no realiza.
Un saludo.
QUERIDO OBSERVADOR, precisamente dedico el editorial de esta noche al tema de la degradacion judicial a la categoria de un mero servicio publico, como los demas.

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